Extranjería y Nacionalidad

¿Cuáles son los pasos para cambiar mi nacionalidad en España?

Á

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Entiendo que quieres “cambiar” tu nacionalidad estando en España (Illes Balears). En la práctica, normalmente no se cambia una nacionalidad por otra como un trámite simple, sino que se adquiere la nacionalidad española (y, según tu país de origen, podrías conservar la tuya o tener que renunciar).

Aspectos legales clave La nacionalidad española se regula principalmente en el Código Civil. Las vías más habituales son:

  1. Nacionalidad por residencia: tras vivir legalmente en España un tiempo mínimo. Generalmente es:
  • 10 años: regla general.
  • 5 años: para personas con condición de refugiado.
  • 2 años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • 1 año: en supuestos como matrimonio con español/a (con un año de residencia legal), nacido en España, o hijo/a o nieto/a de español/a de origen, entre otros.
  1. Nacionalidad por opción: para ciertos casos familiares (por ejemplo, hijos de españoles), también prevista en el Código Civil.
  2. Nacionalidad por carta de naturaleza: excepcional y discrecional (no es la vía habitual).

En muchos casos se exige “buena conducta cívica” e “integración”, que suelen acreditarse con documentación y, normalmente, con las pruebas CCSE y DELE (Instituto Cervantes), salvo exenciones.

Pasos orientativos que podrías seguir

  1. Identificar la vía adecuada (residencia, opción u otra) según tu situación personal y tu país de origen.
  2. Revisar requisitos: tiempo de residencia legal continuada, tipo de permiso, antecedentes penales (España y países anteriores), y documentación de identidad y estado civil.
  3. Preparar documentación: pasaporte, tarjeta de residencia, certificado de empadronamiento, certificados de nacimiento/matrimonio, antecedentes penales, y justificantes de tasas, entre otros.
  4. Presentar la solicitud: generalmente por vía telemática ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (procedimiento de nacionalidad).
  5. Seguimiento del expediente y, si se concede, jura o promesa ante el Registro Civil para inscribir la nacionalidad y después solicitar DNI y pasaporte.

En Illes Balears no hay particularidades de derecho civil autonómico que cambien el procedimiento de nacionalidad, al ser una materia estatal. Si me dices tu nacionalidad actual, años de residencia legal y si tienes vínculos familiares con españoles, podría orientarte sobre la vía más probable y los plazos mínimos aplicables.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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