Familia

¿Puedo obtener la custodia de mi nieto?

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Entiendo que, viviendo en Castellón, te planteas si podrías hacerte cargo legalmente (custodia/guarda) de tu nieto, probablemente porque consideras que es lo más adecuado para su bienestar.

En España, la custodia (la “guarda y custodia”) normalmente corresponde a los progenitores. Sin embargo, en situaciones excepcionales, un menor podría quedar al cuidado de un familiar, incluidos los abuelos, si se acredita que es lo mejor para el menor y que los padres no pueden o no deben ejercer adecuadamente sus funciones. Esto se relaciona con el interés superior del menor, principio central en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y con las medidas de protección y guarda contempladas en el Código Civil.

En la Comunitat Valenciana no hay un derecho civil propio general en materia de custodia como en Cataluña o Aragón, así que suele aplicarse el Código Civil y la normativa estatal. En la práctica, pueden existir vías como:

  • Guarda de hecho: cuando el menor ya vive contigo y tú te ocupas de su día a día. Puede servir como punto de partida, pero a menudo conviene regularizarla.
  • Guarda o acogimiento familiar: en el marco de medidas de protección de menores, reguladas en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
  • Medidas judiciales: solicitar al juzgado medidas para que el menor quede bajo tu cuidado si hay riesgo, desatención o conflicto grave.

Pasos que podrías valorar:

  1. Reunir información y pruebas: escolarización, informes médicos, situación de los padres, cualquier indicio de desatención o riesgo.
  2. Si hay urgencia o peligro, contactar con los Servicios Sociales o con la entidad pública de protección de menores de la Generalitat Valenciana.
  3. Consultar con un/a abogado/a de familia para estudiar la vía más adecuada (judicial o administrativa) y preparar la solicitud.
  4. Si ya hay un procedimiento (separación, medidas paterno-filiales, violencia), informar al juzgado para que valore medidas.

Si me indicas la edad del niño, con quién vive ahora y cuál es la situación de los padres, podría orientarte mejor sobre qué opción suele encajar más en casos similares.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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