¿Puedo obtener la custodia compartida si resido en otra provincia?
Daniel
Pregunta
¿Puedo obtener la custodia compartida si resido en otra provincia?
Daniel
Pregunta
Planteas si, viviendo en una provincia distinta a la del otro progenitor o a la del menor, podrías obtener una custodia compartida. Es una duda muy habitual porque la distancia puede complicar la organización diaria, pero no la hace imposible por sí sola.
En derecho común (como en Andalucía/Jaén), la custodia compartida se regula principalmente en el Código Civil, especialmente en el artículo 92. La idea central es el interés superior del menor: lo que el juzgado valora es qué sistema protege mejor su estabilidad, cuidados, rutinas y bienestar. La custodia compartida puede acordarse por convenio o decidirse judicialmente, y no se limita solo a casos en que ambos vivan cerca.
Ahora bien, residir en otra provincia suele ser un factor relevante, porque puede afectar a cuestiones muy prácticas: asistencia diaria al colegio, actividades extraescolares, controles médicos, relaciones con amigos y familia extensa, y el cansancio por desplazamientos. En muchos casos, cuando hay mucha distancia, los tribunales tienden a analizar si una custodia compartida “por semanas” es viable o si sería más adecuado un modelo con estancias amplias en periodos no lectivos (fines de semana largos, puentes, vacaciones) para el progenitor que vive lejos. También se tiene en cuenta la edad del menor, la disponibilidad horaria de ambos, la capacidad de coordinación y el historial de cuidados previos.
Pasos que podrías seguir:
Si me indicas la edad del menor y en qué provincia reside habitualmente, puedo orientarte mejor sobre qué modelos de custodia compartida a distancia suelen plantearse.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
Conecta con abogados especializados en Familia.
Primera consulta gratuita