Extranjería y Nacionalidad

¿Puedo divorciarme justo después de obtener la nacionalidad española?

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Pregunta

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Si ya has obtenido la nacionalidad española y estás pensando en divorciarte en Segovia, la duda habitual es si el divorcio “pone en riesgo” esa nacionalidad o si hay algún plazo mínimo que debas respetar.

En términos generales, sí podrías divorciarte justo después de obtener la nacionalidad española. El divorcio se rige por el Código Civil y por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, y no exige esperar un tiempo desde la adquisición de la nacionalidad. En España, normalmente basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para poder solicitar el divorcio (salvo excepciones por riesgo para la vida, integridad o libertad).

Respecto a la nacionalidad, si ya te han concedido la nacionalidad y has realizado los trámites finales (jura o promesa ante el Registro Civil e inscripción de nacimiento como español), el divorcio posterior normalmente no afecta a tu condición de español. Ahora bien, si tu nacionalidad se obtuvo por residencia y el cómputo de plazo fue “reducido” por estar casado con un español (un año), podría ser relevante que el matrimonio haya sido real y no de conveniencia. La nacionalidad puede revisarse en supuestos muy concretos, por ejemplo si se acreditara fraude en la obtención, conforme al Código Civil y a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en cuanto a revisión de actos).

Pasos habituales que podrías seguir:

  1. Confirmar que tu nacionalidad está plenamente consolidada: jura/promesa e inscripción en el Registro Civil.
  2. Valorar si el divorcio será de mutuo acuerdo o contencioso (custodia, vivienda, pensión, etc.).
  3. Preparar documentación básica: certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de hijos si los hay, empadronamiento, propuesta de convenio regulador si hay acuerdo.
  4. Consultar con un abogado de familia para organizar bien las medidas personales y económicas, especialmente si hay hijos o bienes en común.

Si me indicas si tu nacionalidad ya está inscrita y si hay hijos o patrimonio, puedo orientarte mejor sobre el procedimiento de divorcio (judicial o notarial) y los documentos más habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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