¿Puede la abuela paterna quitarme la custodia de mis hijas?
Sara
Pregunta
¿Puede la abuela paterna quitarme la custodia de mis hijas?
Sara
Pregunta
Entiendo tu preocupación: te preguntas si la abuela paterna podría “quitarte” la custodia de tus hijas estando en Ceuta. En general, la custodia se decide pensando en el bienestar de las menores y no se cambia sin motivos relevantes.
En España (y en Ceuta se aplica el Derecho civil común), la guarda y custodia corresponde normalmente a los progenitores. La abuela paterna no puede quitarte la custodia por su sola voluntad. Para que una abuela obtenga la guarda, tendría que acudir a un procedimiento judicial y justificar que existe una situación que hace necesario apartar o limitar la custodia de los padres, porque las menores no están bien atendidas o hay un riesgo. Esto se valora según el interés superior del menor y las circunstancias concretas.
El marco principal está en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), que regula las medidas sobre guarda y custodia y también las posibles limitaciones o privaciones de la patria potestad cuando hay causas graves. Además, en cualquier decisión que afecte a menores se aplica la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, que prioriza su interés superior, y la intervención del Ministerio Fiscal es habitual.
Lo más frecuente, si hay conflicto con los abuelos, es que se discuta un régimen de visitas o comunicación de abuelos y nietos (siempre que sea beneficioso para las niñas), más que un cambio de custodia.
Pasos que podrías valorar:
Si me indicas si hay una sentencia previa de custodia, y si el padre está presente o no, podré orientarte mejor sobre el escenario más habitual.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
Conecta con abogados especializados en Familia.
Primera consulta gratuita