Familia

¿Puede concederse la custodia compartida internacionalmente?

B

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Planteas si, viviendo en Ourense, puede acordarse o establecerse judicialmente una custodia compartida cuando uno de los progenitores reside en otro país. En términos generales, sí puede contemplarse, pero suele ser más compleja y exige un plan de parentalidad muy detallado y viable.

En España, la custodia compartida se regula en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), especialmente en el artículo 92, que permite acordarla si es lo más adecuado para el interés del menor. Cuando hay un componente internacional, el punto clave pasa a ser si el régimen es realmente practicable: distancia, edad del menor, escolarización, necesidades especiales, estabilidad y capacidad de los progenitores para coordinarse.

Además, en asuntos entre Estados de la UE (salvo Dinamarca), suele aplicarse el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental (Reglamento Bruselas II ter). Este reglamento facilita que una resolución española sobre custodia y visitas sea reconocida y ejecutada en otro país de la UE. Si el otro país no es de la UE, puede entrar en juego el Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 sobre responsabilidad parental y medidas de protección de los niños, que también ayuda al reconocimiento internacional. Y, si existe un riesgo de sustracción internacional, es relevante el Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.

En la práctica, cuando hay países distintos, muchas custodias “compartidas” se articulan con:

  • Residencia habitual en un país y estancias largas en vacaciones con el otro progenitor.
  • Reparto claro de vuelos, costes, pasaportes, autorizaciones de viaje y comunicación (videollamadas).
  • Reglas sobre cambios de domicilio, colegio y decisiones médicas.

Pasos que podrías valorar:

  1. Intentar un convenio regulador (con mediación si es posible) con un calendario realista y medidas de ejecución.
  2. Preparar un plan de parentalidad con logística y gastos detallados.
  3. Consultar con un abogado de familia con experiencia internacional para definir competencia judicial, documentación y cómo asegurar el reconocimiento en el otro país.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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