Familia

¿Hasta cuándo debo pagar la pensión alimenticia a mi hijo?

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Entiendo tu duda: en una separación o divorcio, una de las cuestiones que más preocupa es hasta cuándo se mantiene la obligación de pagar la pensión de alimentos a los hijos. En Cabacés (Cataluña) puede haber particularidades relevantes.

En España, la pensión de alimentos se regula, con carácter general, en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). Para hijos menores de edad, la obligación suele mantenerse siempre hasta la mayoría de edad y, en principio, no se “corta” automáticamente el día que cumplen 18.

Cuando el hijo ya es mayor de edad, en muchos casos la pensión puede mantenerse si el hijo sigue necesitando apoyo económico y no tiene independencia (por ejemplo, porque está estudiando con aprovechamiento o buscando trabajo de forma razonable). Lo importante suele ser la falta de ingresos propios suficientes y que no exista una situación de “desidia” o falta de esfuerzo atribuible al hijo. También puede extinguirse o reducirse si cambian las circunstancias del progenitor obligado (pérdida de empleo, enfermedad, etc.), aunque normalmente debe tramitarse judicialmente.

En Cataluña, además, es aplicable el Código civil de Cataluña (Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo, relativo a la persona y la familia). En la práctica, se suele valorar especialmente si el hijo está en formación y si la prolongación de los alimentos es razonable, y se atiende a la proporcionalidad entre necesidades del hijo y capacidad económica de los progenitores.

Pasos que podrías seguir:

  1. Revisar tu sentencia o convenio regulador: a veces fija criterios (edad, fin de estudios, independencia económica).
  2. Reunir documentación: ingresos del hijo, matrícula/estudios, búsqueda de empleo, y tu situación económica.
  3. Si crees que procede finalizar o modificar, lo habitual es plantear una demanda de modificación de medidas; dejar de pagar unilateralmente puede generarte problemas (reclamación de atrasos o incluso ejecución).

Si me dices la edad de tu hijo, si estudia o trabaja y qué dice tu resolución, puedo orientarte mejor sobre los criterios que suelen valorar los juzgados.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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