Tributario-Fiscal

Estoy de baja por enfermedad degenerativa y la mutua me presiona, ¿qué debo hacer?

A

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Por lo que comentas, estás en situación de incapacidad temporal por una enfermedad degenerativa y notas presión por parte de la mutua para acelerar decisiones (altas, revisiones o propuestas). Es normal que esta situación genere ansiedad, especialmente si tu evolución médica no es rápida.

En España, la incapacidad temporal (IT) está regulada principalmente en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, y en la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. La mutua colaboradora con la Seguridad Social puede citarte a reconocimientos médicos y realizar propuestas (por ejemplo, propuesta de alta), pero normalmente no puede “darte el alta” médica por sí sola en contingencias comunes: el parte de alta lo emite el servicio público de salud (o el INSS, según el momento y el caso). Si no acudes a una citación de la mutua sin causa justificada, en muchos casos podría haber consecuencias sobre la prestación.

Qué podrías hacer, de forma práctica:

  1. Documenta todo: guarda citaciones, mensajes, llamadas (fecha y hora), y solicita siempre comunicaciones por escrito.
  2. Acude a las citas, pero con soporte médico: lleva informes actualizados de tu especialista (diagnóstico, limitaciones funcionales, tratamiento y pronóstico). En enfermedades degenerativas, la “limitación funcional” suele ser clave.
  3. Pide copia de los informes de la mutua: puedes solicitarlos para conocer en qué basan sus conclusiones.
  4. Si recibes un alta que consideras indebida: generalmente existe la posibilidad de impugnarla ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dentro del plazo que figure en la notificación (a menudo es breve). También podrías valorar una reclamación previa y, si procede, acudir a la vía judicial social.
  5. Si la situación se alarga: podría ser relevante explorar una posible incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez) prevista en la Ley General de la Seguridad Social, según tus limitaciones.

Nota fiscal: la prestación por IT tributa en IRPF como rendimientos del trabajo según la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si te retienen poco, podrías regularizarlo para evitar sorpresas en la declaración.

Si estás en Cabacés (Cataluña), el procedimiento de IT es estatal, pero la gestión sanitaria y algunos trámites prácticos dependen del servicio de salud autonómico. Un graduado social o abogado laboralista, con tus informes médicos y notificaciones, podría ayudarte a plantear la estrategia más adecuada.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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