Familia

¿Es posible tener custodia compartida sin pagar manutención?

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Planteas si, estando en un régimen de custodia compartida, podría no existir obligación de pagar una pensión de alimentos (manutención) para los hijos. En Navarra esto es una duda frecuente, porque la custodia compartida no implica automáticamente “cero pagos”.

En España, la obligación de alimentos a favor de los hijos existe siempre, aunque cambie la forma de organizar la convivencia. Con carácter general lo recogen el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) y la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. La custodia compartida se refiere a cómo se reparte el tiempo y las responsabilidades diarias, pero los gastos de los menores (comida, ropa, vivienda, educación, etc.) deben cubrirse conforme a la capacidad económica de cada progenitor.

En Navarra puede ser relevante el Derecho civil propio: la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Ley 1/1973, de 1 de marzo). Aunque la regulación concreta puede diferir, en la práctica judicial suele seguirse un criterio similar: se valora el interés del menor y el reparto real de gastos, y se ajusta la contribución de cada progenitor a sus ingresos y recursos.

¿Cuándo podría no fijarse una pensión mensual? En muchos casos, cuando:

  • Ambos progenitores tienen ingresos similares y asumen directamente los gastos ordinarios durante su tiempo de convivencia.
  • Se establece un sistema de “cuenta común” para gastos de los hijos y cada uno aporta un porcentaje.
  • Los menores alternan por semanas y no hay desequilibrio relevante entre economías.

Aun así, si hay diferencias claras de ingresos, es relativamente habitual que se fije una pensión (aunque exista custodia compartida) para equilibrar el nivel de vida de los hijos en ambos hogares.

Pasos que podrías seguir:

  • Recopilar ingresos, gastos de los menores y propuesta de reparto (ordinarios y extraordinarios).
  • Intentar un acuerdo mediante convenio regulador, detallando cómo se pagan los gastos.
  • Consultar con un abogado de familia en Navarra para adaptar la propuesta a los criterios de tu partido judicial y a la Compilación navarra.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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