Accidentes de tráfico

¿Es legal que mi empresa me despida y pida indemnización por baja médica?

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Por lo que comentas, estás de baja médica (posiblemente derivada de un accidente de tráfico) y te preocupa que la empresa pueda despedirte y, además, reclamarte una indemnización por el hecho de estar de baja.

En España, estar en incapacidad temporal (baja médica) no es, por sí solo, una causa válida de despido. Un despido motivado realmente por la baja podría impugnarse. La norma base es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que exige que el despido tenga una causa y respete el procedimiento (por ejemplo, despido disciplinario u objetivo con motivos acreditables).

Además, si la baja se relaciona con un accidente de tráfico y existen limitaciones importantes, en algunos casos podría entrar en juego la protección frente a discriminación por discapacidad o asimilados, con consecuencias más graves para la empresa si se acreditara que el motivo real del despido es tu estado de salud. Esto se apoya, entre otras normas, en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Sobre que la empresa “pida indemnización” por tu baja: generalmente no es habitual ni sencillo que una empresa pueda reclamar al trabajador una indemnización por el mero hecho de estar de baja, ya que la incapacidad temporal es una situación protegida. Solo podría plantearse algo si la empresa alegara un incumplimiento grave y culpable (por ejemplo, fraude, simulación o conducta dolosa que cause un daño), pero tendría que probarlo y no basta con que estés enfermo o lesionado.

Pasos que podrías seguir:

  1. Solicitar por escrito la carta de despido y conservar partes médicos y comunicaciones.
  2. Revisar plazos: para impugnar un despido suele haber un plazo corto (habitualmente 20 días hábiles).
  3. Consultar cuanto antes con un abogado laboralista o tu sindicato, y valorar también si el accidente de tráfico genera derechos frente a la aseguradora (según la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación).

En Navarra no hay particularidades civiles relevantes para la validez del despido, porque la relación laboral se rige por normativa estatal.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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