Familia

¿En qué situaciones puede una mujer perder la custodia de sus hijos?

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Entiendo tu preocupación: en los conflictos de custodia suele surgir la duda de “quién puede perderla” y por qué. En Bizkaia, como en el resto de España, la custodia no se mantiene o se pierde por ser mujer u hombre, sino por lo que resulte más adecuado para los hijos.

La regla principal es el “interés superior del menor”, recogido en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, y en el Código Civil. Los jueces valoran qué opción protege mejor el bienestar físico, emocional, educativo y social de los niños.

Una madre podría ver modificada o incluso privada la custodia, generalmente, cuando se aprecien circunstancias graves o sostenidas en el tiempo, por ejemplo:

  • Situaciones de maltrato, violencia o conductas que pongan en riesgo a los menores. Además, la custodia compartida suele excluirse si hay violencia de género o doméstica conforme a la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • Desatención relevante: abandono, falta de cuidados básicos, absentismo escolar reiterado por falta de supervisión, o negligencia grave.
  • Problemas de salud mental o adicciones no tratadas que afecten de forma significativa a la capacidad de crianza (no por el diagnóstico en sí, sino por su impacto real).
  • Incumplimiento grave y reiterado del régimen de visitas o instrumentalización de los hijos para impedir la relación con el otro progenitor (a veces ligado a conflictos intensos).
  • Entornos claramente inestables o peligrosos (convivencia con personas violentas, consumo de drogas en el domicilio, etc.).

En Bizkaia puede ser relevante el Derecho civil vasco (Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco) en cuestiones familiares, pero en custodia rigen sobre todo los criterios de protección del menor del marco estatal y la práctica judicial.

Pasos habituales si existe un conflicto:

  1. Recopilar información objetiva (informes escolares, médicos, sociales, comunicaciones).
  2. Intentar acuerdos mediante mediación familiar si es viable.
  3. Solicitar una modificación de medidas si ya hay sentencia, o plantearlo en el proceso de divorcio/medidas paternofiliales, pudiendo intervenir el equipo psicosocial y el Ministerio Fiscal.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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