Familia

¿Dónde puedo solicitar la guardia y custodia de mi hija?

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Por lo que indicas, quieres iniciar un trámite para solicitar la guardia y custodia de tu hija estando en Teruel. En España, la custodia se decide normalmente mediante acuerdo entre los progenitores o, si no es posible, a través de un procedimiento judicial.

¿Dónde se solicita generalmente? La guardia y custodia se solicita ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia, si existe como sección especializada) del partido judicial que corresponda al domicilio de la menor. La competencia judicial en estas materias se regula, con carácter general, por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Si ya hay un procedimiento previo (por ejemplo, una separación/divorcio o medidas anteriores), lo habitual es que se tramite en el mismo juzgado que dictó las medidas.

Particularidades en Aragón (Teruel) En Aragón puede ser especialmente relevante el Derecho civil aragonés, en particular el Código del Derecho Foral de Aragón (Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón), porque contempla y desarrolla criterios y figuras propias en materia de custodia (por ejemplo, la custodia compartida como opción frecuente si es lo más conveniente para la menor). Aun así, cada caso depende de las circunstancias concretas.

Pasos que podrías seguir

  1. Valorar si podéis llegar a un acuerdo: en muchos casos, se presenta un convenio o acuerdo de medidas. Puede ayudarte la mediación familiar si hay margen de entendimiento.
  2. Preparar la demanda de medidas: puede ser “medidas paternofiliales” si no hay matrimonio, o dentro de un proceso de separación/divorcio si lo hubo. Estas medidas se basan en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), además de la normativa aragonesa aplicable.
  3. Presentación en el juzgado competente: normalmente con abogado y procurador. Si hay urgencia, podrían solicitarse medidas provisionales.
  4. Aportar información relevante: horarios, disponibilidad, escolarización, necesidades de la menor, apoyo familiar, y cualquier elemento que ayude a acreditar qué opción protege mejor su interés.

Si me confirmas si estabais casados o no, y si ya existe alguna sentencia o medidas previas, puedo orientarte mejor sobre qué procedimiento encaja.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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