Familia

¿Descontar gastos de manutención puede causar problemas legales?

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Entiendo que te preocupa si “descontar” por tu cuenta ciertos gastos relacionados con la manutención (normalmente, la pensión de alimentos de los hijos) puede traerte consecuencias legales en Palencia.

En España, la pensión de alimentos fijada en un convenio regulador o en una sentencia debe pagarse en la cuantía y forma acordadas o impuestas. En muchos casos, si una persona paga menos porque decide compensar (por ejemplo, porque ha comprado ropa, ha pagado un comedor, libros, actividades o un viaje), eso podría considerarse un incumplimiento, aunque el gasto se haya hecho en beneficio del menor. La razón es que la pensión suele tener un destino global (alimentación, vivienda, vestido, escolarización ordinaria, etc.) y el progenitor custodio la administra para cubrir las necesidades del día a día.

Hay que distinguir entre:

  1. Gastos ordinarios: los previsibles y habituales (comida, ropa corriente, material escolar normal). Generalmente se entienden cubiertos con la pensión, por lo que “descontarlos” sin acuerdo podría generar conflicto.
  2. Gastos extraordinarios: los no periódicos e imprevisibles o especiales (por ejemplo, algunos tratamientos médicos no cubiertos, ortodoncia, gafas, actividades excepcionales). Suelen requerir acuerdo previo y reparto según lo pactado o lo que diga la resolución. Aun así, compensarlos unilateralmente con la pensión también podría ser problemático si no está previsto.

Si se deja de pagar total o parcialmente, podrían reclamártelo por vía civil (ejecución de sentencia) y, en supuestos de impago reiterado, podría existir riesgo penal conforme al Código Penal (Ley Orgánica 10/1995), dependiendo de las circunstancias.

Pasos recomendables:

  • Revisar exactamente qué dice la sentencia o el convenio regulador sobre pensión y gastos extraordinarios.
  • Intentar pactar por escrito (mensajes, correo) cómo se pagarán esos gastos y si pueden compensarse.
  • Si no hay acuerdo, valorar solicitar una modificación de medidas si ha cambiado la situación económica o las necesidades (Código Civil).
  • Mientras tanto, en muchos casos es más seguro pagar la pensión íntegra y, aparte, reclamar o regularizar el gasto.

Si me indicas si existe sentencia/convenio y qué tipo de gasto quieres “descontar”, puedo orientarte mejor sobre el encaje general.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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