¿Debo pagar la pensión de manutención si solo cobro 426 euros y tengo alquiler?
Francisco
Pregunta
¿Debo pagar la pensión de manutención si solo cobro 426 euros y tengo alquiler?
Francisco
Pregunta
Por lo que comentas, tu preocupación es si con un ingreso muy bajo (426 euros) y además pagando alquiler sigues obligado a abonar una pensión de manutención (alimentos) para tu hijo/a.
En España, la obligación de alimentos a los hijos existe aunque el progenitor tenga pocos recursos, porque se prioriza el interés del menor. Esto se regula en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) en los artículos sobre alimentos y en la obligación de los progenitores de atender a los hijos. Ahora bien, la cuantía de la pensión se fija en función de dos factores: las necesidades del menor y la capacidad económica real de quien paga. Cuando los ingresos son muy reducidos o inestables, los juzgados generalmente intentan ajustar la pensión a lo posible, e incluso pueden fijar una “pensión mínima”, aunque no hay una cifra única para todos los casos.
Si tu resolución judicial ya establece una pensión, en principio debes cumplirla mientras esté vigente. No pagar sin modificarla puede generar una deuda y una reclamación de cantidades, e incluso consecuencias penales en supuestos de impago reiterado (Código Penal, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, artículo 227).
En Navarra puede ser relevante el Derecho civil foral (Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, Ley 1/1973, de 1 de marzo), pero en materia de alimentos a hijos se mantiene la idea central: obligación de contribuir según posibilidades.
Pasos que podrías valorar:
Para enfocarlo bien y evitar riesgos por impago, suele ser importante que un profesional revise tu sentencia y tu documentación económica.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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