¿Debe mi ex pagar la parte del alquiler de nuestra hija que incluye manutención?
Sandra
Pregunta
¿Debe mi ex pagar la parte del alquiler de nuestra hija que incluye manutención?
Sandra
Pregunta
Por lo que planteas, tu duda es si el otro progenitor (tu ex) tiene que contribuir al pago del alquiler relacionado con vuestra hija y, en particular, a la parte que tú consideras “manutención”. Estás en Burgos, por lo que, en principio, se aplica el régimen general del Código Civil.
En España, ambos progenitores deben contribuir a los alimentos de los hijos en proporción a sus recursos. Esto se recoge en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), especialmente en los artículos sobre “alimentos” (que incluyen no solo comida, sino también vivienda, vestido, educación y asistencia médica) y sobre la obligación de los padres de atender a los hijos. Por tanto, los gastos de vivienda del menor pueden formar parte de esa obligación.
Ahora bien, en la práctica, la forma concreta de pagar “la vivienda” depende mucho de lo que diga la resolución judicial o el convenio regulador aprobado por el juzgado (también regulado en el Código Civil y en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil). En muchos casos:
Pasos que podrías valorar:
Si me indicas si existe sentencia/convenio y qué pone sobre vivienda y pensión, puedo orientarte mejor sobre cómo suele interpretarse en casos similares.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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