Familia

¿Cuánto tiempo debo esperar para el juicio de manutención de mi hijo?

E

Pregunta

Respuesta automática

Por lo que indicas, estás pendiente de un juicio relacionado con la pensión de alimentos (manutención) de tu hijo en Jaén y quieres saber cuánto suele tardar en celebrarse. Es una duda muy habitual, porque los plazos dependen mucho de la carga de trabajo del juzgado y del tipo de procedimiento.

En España, la obligación de alimentos a los hijos se regula principalmente en el Código Civil (artículos 142 y siguientes y, en el ámbito de crisis familiares, artículos 90, 91, 93 y concordantes), y el trámite judicial se rige por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En Jaén, como en el resto de Andalucía, no hay un derecho civil propio que cambie estas reglas básicas.

Sobre los tiempos, generalmente hay dos escenarios:

  1. Medidas provisionales o provisionales coetáneas (para fijar una cantidad “mientras tanto”). Si la situación es urgente (por ejemplo, el menor está sin cobertura económica), se puede solicitar que el juzgado señale una vista de medidas provisionales. En muchos casos esto puede agilizarse frente al procedimiento principal, aunque depende del juzgado.

  2. Procedimiento principal (divorcio/medidas paterno-filiales) o modificación de medidas. El señalamiento del juicio o vista puede tardar desde unos meses hasta más tiempo si hay saturación, necesidad de informes (por ejemplo, del Equipo Psicosocial) o dificultades para notificar a la otra parte. No es posible dar un plazo exacto sin conocer el juzgado concreto y el estado del expediente.

Pasos que podrías seguir:

  • Preguntar a tu abogado/a o procurador/a por el “estado del señalamiento” y si ya hay fecha de vista.
  • Valorar solicitar medidas provisionales si aún no existen y el menor necesita una pensión inmediata.
  • Reunir documentación útil: gastos del menor (colegio, comedor, ropa, salud), ingresos y situación laboral, y cualquier prueba de pagos previos.

Si me dices si tu asunto es un procedimiento inicial (medidas paterno-filiales) o una modificación de medidas, podría orientarte mejor sobre los trámites habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en Familia.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita