Familia

¿Cuánto tengo que pagar de manutención por dos hijos de 5 años y 9 meses?

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Pregunta

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Entiendo que quieres saber, de forma aproximada, qué importe podría corresponderte pagar como pensión de alimentos por dos hijos muy pequeños (5 años y 9 meses) en Salamanca.

En España, la obligación de alimentos a los hijos se regula principalmente en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), y en procedimientos de familia se concreta por resolución judicial o por convenio regulador aprobado judicialmente. La pensión de alimentos suele cubrir gastos ordinarios de los menores (comida, ropa, vivienda en la parte que corresponda, material escolar, higiene, etc.). Los gastos extraordinarios (por ejemplo, ortodoncia, gafas, tratamientos no cubiertos, actividades especiales) normalmente se abonan aparte, al 50% u otro porcentaje según ingresos, y previa consulta o autorización si no hay urgencia.

No existe una “cantidad fija” por dos hijos: el juez valora, en general, dos elementos:

  1. Las necesidades de los menores (edad, guardería, colegio, salud, etc.).
  2. La capacidad económica de ambos progenitores (ingresos reales, estabilidad laboral, cargas, otros hijos, alquiler/hipoteca).

Como orientación, en muchos casos se usan las Tablas orientadoras de pensiones de alimentos del Consejo General del Poder Judicial (Consejo General del Poder Judicial, Tablas orientadoras de pensiones de alimentos). Estas tablas estiman rangos según ingresos netos y número de hijos, y también influyen cuestiones como si hay custodia exclusiva o custodia compartida y el reparto de tiempos.

Pasos que podrías seguir:

  • Reunir documentación: nóminas/IRPF, vida laboral, gastos de vivienda, gastos de los niños (guardería, pañales, pediatra), y situación económica del otro progenitor si la conoces.
  • Calcular una orientación con las tablas del CGPJ (indicando provincia, ingresos y número de hijos).
  • Valorar si es posible un convenio regulador de mutuo acuerdo; suele ser más rápido y reduce conflicto.
  • Si no hay acuerdo, plantear demanda de medidas (o medidas provisionales) para que se fije una cantidad.

Si me indicas vuestros ingresos netos aproximados, tipo de custodia (exclusiva/compartida) y si hay gastos relevantes (guardería, alquiler), puedo orientarte mejor sobre rangos habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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