Familia

¿Cuánto debe aportar el padre a la manutención de sus hijos mayores de edad?

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Entiendo que quieres saber qué cantidad debería aportar un padre para la manutención de hijos que ya son mayores de edad, en tu caso en Salamanca. En España, la mayoría de edad no siempre supone que desaparezca automáticamente la obligación de alimentos.

Con carácter general, la obligación de “alimentos” entre parientes está regulada en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889). Para hijos mayores de edad, la pensión puede mantenerse si siguen necesitando apoyo económico y no pueden mantenerse por sí mismos de forma razonable, por ejemplo, porque continúan con estudios con aprovechamiento o porque no tienen ingresos suficientes pese a buscar empleo. En estos casos, suele hablarse de alimentos en sentido amplio: vivienda, comida, ropa, gastos educativos y sanitarios básicos.

No existe una cifra fija aplicable a todos los casos. La cuantía generalmente se determina atendiendo a dos factores principales:

  • Necesidades del hijo: gastos reales y justificados (formación, transporte, salud, etc.).
  • Capacidad económica de cada progenitor: ingresos, cargas familiares, situación laboral y patrimonio.

También influye si el hijo convive con uno de los progenitores (lo que puede implicar que ese progenitor ya contribuye “en especie” con alojamiento y manutención) y si el hijo muestra una actitud diligente (estudio serio o búsqueda activa de empleo). En algunos supuestos, la contribución podría reducirse o incluso cesar si el hijo tiene independencia económica o si, pudiendo trabajar, no lo hace sin causa.

Pasos que podrías seguir:

  1. Reunir documentación: nóminas, declaración de la renta, gastos del hijo, matrícula, justificantes médicos, etc.
  2. Revisar la sentencia o convenio regulador existente, si lo hay, para ver qué se acordó.
  3. Si se pretende modificar o extinguir la pensión, normalmente habría que solicitar una modificación de medidas ante el Juzgado, aportando el cambio de circunstancias.

Si me indicas si existe sentencia previa, la edad de los hijos, si estudian/trabajan y los ingresos aproximados de ambos progenitores, puedo orientarte mejor sobre criterios habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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