¿Cuándo puedo pedir la extinción de la manutención a mi hijo si ya trabaja?
Alberto
Pregunta
¿Cuándo puedo pedir la extinción de la manutención a mi hijo si ya trabaja?
Alberto
Pregunta
Si tu hijo ya ha empezado a trabajar, es normal que te plantees si todavía corresponde seguir pagando la pensión de alimentos. En Ceuta se aplica el derecho civil común, por lo que la referencia principal es el Código Civil.
En España, la pensión de alimentos a favor de los hijos no se extingue automáticamente al cumplir 18 años, sino cuando el hijo puede mantenerse por sí mismo. El Código Civil regula los “alimentos entre parientes” (Código Civil) y permite modificarlos o extinguirlos si cambian sustancialmente las circunstancias. En la práctica, muchos tribunales valoran si el hijo ha alcanzado independencia económica real y estable.
Generalmente podrías solicitar la extinción (o una reducción) cuando concurran elementos como:
También puede ser relevante si el hijo, siendo mayor de edad, no aprovecha de forma diligente su formación (por ejemplo, abandono injustificado de estudios), aunque esto se analiza caso por caso.
Ojo: si el trabajo es temporal, a tiempo parcial, con salario muy bajo, o si el hijo sigue formándose de manera seria y los ingresos no bastan, en muchos casos se mantiene la pensión o se ajusta, en lugar de extinguirla totalmente.
Pasos habituales que podrías seguir:
Si quieres, dime si tu hijo trabaja con contrato indefinido o temporal, cuánto gana aproximadamente y si vive por su cuenta; con esos datos puedo orientarte mejor sobre qué suele valorarse en estos casos.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
Conecta con abogados especializados en Familia.
Primera consulta gratuita