Familia

¿Cuáles son los pasos para solicitar la guarda y custodia de mi hijo?

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Por lo que planteas, quieres iniciar el proceso para que se determine legalmente quién se encarga del día a día de tu hijo (guarda y custodia) en Granada, normalmente en el contexto de una separación o desacuerdo entre progenitores.

En España, la guarda y custodia se regula principalmente en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), dentro de las medidas sobre hijos menores. La decisión debe basarse en el “interés superior del menor”, principio recogido en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. En Andalucía no hay derecho civil propio en esta materia, por lo que se aplica el régimen común estatal. La custodia puede ser exclusiva (con uno de los progenitores) o compartida, y suele ir acompañada de otras medidas: patria potestad (normalmente compartida), régimen de visitas, pensión de alimentos y uso de la vivienda familiar, entre otras.

Pasos que podrías seguir, de forma general:

  1. Valorar si es posible un acuerdo. En muchos casos se intenta alcanzar un convenio regulador (un documento con las medidas sobre el menor). Si hay entendimiento, el procedimiento suele ser más ágil y menos conflictivo.

  2. Reunir información y documentación. Generalmente se aporta: certificado de nacimiento del menor, libro de familia, certificados de empadronamiento, y documentación económica (nóminas, IRPF, gastos del menor) si se van a fijar alimentos.

  3. Iniciar el procedimiento judicial. Si hay acuerdo, se tramita como mutuo acuerdo. Si no lo hay, se plantea un procedimiento contencioso. Suele presentarse demanda ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) del lugar de residencia del menor.

  4. Medidas provisionales si hay urgencia. Si la situación lo requiere (por ejemplo, convivencia imposible o necesidad de organizar visitas), podría solicitarse una regulación temporal mientras se decide lo definitivo.

  5. Audiencia del menor e informe psicosocial (cuando proceda). Dependiendo de la edad/madurez y del caso, el juez podría oír al menor y solicitar informes para valorar la dinámica familiar.

Si me indicas si actualmente convivís los progenitores, si existe acuerdo mínimo y la edad del menor, podría orientarte mejor sobre qué vía suele encajar más.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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