Extranjería y Nacionalidad

¿Cómo puedo solicitar un abogado de oficio para obtener la nacionalidad española?

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Si estás en Barcelona y necesitas ayuda jurídica para tramitar o recurrir un asunto de nacionalidad española, podrías solicitar un abogado de oficio (asistencia jurídica gratuita) si cumples ciertos requisitos económicos y el asunto requiere intervención letrada.

En España, la asistencia jurídica gratuita se regula principalmente por la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita. En materia de nacionalidad (por ejemplo, nacionalidad por residencia), el procedimiento administrativo se rige por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ten en cuenta que, para presentar la solicitud administrativa de nacionalidad, no siempre es obligatorio abogado; sin embargo, suele ser especialmente útil si hay denegación y quieres interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales, donde generalmente sí se necesita abogado y procurador.

Pasos orientativos en Barcelona (Cataluña):

  1. Reúne documentación básica: NIE/pasaporte, certificado de empadronamiento, y documentos de ingresos (nóminas, declaración de la renta, prestaciones, etc.). Si convives con familia, normalmente se valora la unidad familiar.
  2. Solicita la asistencia jurídica gratuita:
    • A través del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) (Servicio de Orientación Jurídica), o
    • En el propio juzgado si ya existe un procedimiento judicial, o
    • Por las vías habilitadas por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita en Cataluña.
  3. Indica para qué lo necesitas: preparación de recurso frente a una denegación, demanda contencioso-administrativa por silencio, o actuaciones relacionadas.
  4. Espera la resolución sobre el derecho a justicia gratuita. A veces se concede de forma provisional mientras se comprueban los requisitos.

Si me dices si estás en fase de solicitud, denegación, o “silencio” (sin respuesta), podría orientarte mejor sobre qué vía suele encajar y qué documentación conviene priorizar.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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