¿Cómo puedo paralizar el trámite de custodia total de mi hijo?
Pablo
Pregunta
¿Cómo puedo paralizar el trámite de custodia total de mi hijo?
Pablo
Pregunta
Por lo que indicas, estás inmerso/a en un procedimiento de familia en Sevilla en el que se estaría tramitando una petición de “custodia total” (habitualmente, custodia exclusiva) respecto de tu hijo y quieres frenar o suspender ese trámite.
En España, los procedimientos de guarda y custodia se regulan principalmente por el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil) y por la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil). En estos asuntos, el criterio central es el “interés superior del menor”, y por eso los juzgados suelen ser cautelosos a la hora de “paralizar” el procedimiento: normalmente se busca resolver con cierta prioridad para dar estabilidad al niño.
Dicho esto, “paralizar” puede significar cosas distintas, y las opciones dependen de en qué fase estés:
Te recomendaría que revises con un/a abogado/a de familia de Sevilla la fase exacta del procedimiento, los plazos (son claves) y qué objetivo real buscas: suspensión, oposición, modificación de medidas o acuerdo. Con esa información, podrán orientar la estrategia procesal más adecuada.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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