Familia

¿Cómo puedo obtener la custodia de un niño al que he cuidado durante 4 años?

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Pregunta

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Entiendo que llevas unos 4 años cuidando de un menor y quieres regularizar esa realidad para poder asumir su custodia de forma estable, y estás en Ourense (Galicia). En estos casos, lo más importante suele ser cómo se protege el interés superior del menor y qué vínculo jurídico tienes con él.

En España, la “custodia” normalmente se atribuye a los progenitores cuando existe una relación de filiación (ser padre/madre legal) dentro de un procedimiento de medidas (por ejemplo, tras una separación) según el Código Civil. Si tú no eres progenitor/a, la vía no suele ser “pedir custodia” como tal, sino acudir a figuras de protección del menor cuando sus padres no pueden o no ejercen adecuadamente: tutela, guarda o acogimiento, o incluso la privación o suspensión de la patria potestad en casos graves. Estas medidas se apoyan, entre otras normas, en el Código Civil y en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

En Galicia, además, puede ser relevante el derecho civil propio (Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho civil de Galicia), que regula instituciones familiares y puede incidir según el tipo de vínculo y situación.

Pasos que podrías valorar:

  1. Aclarar tu relación con el menor: si eres familiar (abuelo/a, tío/a, etc.) o no, y si existe algún documento o resolución previa (guardia de hecho, acogimiento, etc.).
  2. Reunir pruebas de la situación de cuidado: empadronamiento, colegio, pediatra, informes de servicios sociales, gastos asumidos, testigos. Esto suele ayudar a acreditar la estabilidad y el arraigo.
  3. Contactar con Servicios Sociales/Entidad Pública de protección de menores (Xunta de Galicia) si hay desamparo o imposibilidad de los progenitores. Podrían iniciar o regularizar un acogimiento o una guarda.
  4. Consultar con un/a abogado/a de familia para valorar la vía judicial adecuada (por ejemplo, medidas de protección, tutela/guarda, o actuaciones frente a la patria potestad si procede) y, si hay urgencia, solicitar medidas cautelares.

Si me indicas si eres familiar del niño y cuál es la situación de sus padres (están localizables, consienten, hay problemas graves), podré orientarte mejor sobre las opciones más habituales.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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