Familia

¿Cómo puedo hacer llegar información al juez para tutelar a un familiar en proceso de incapacitación?

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Pregunta

Respuesta automática

Por lo que indicas, tienes un familiar en un procedimiento para “incapacitación” (hoy, medidas de apoyo a la persona con discapacidad) y quieres saber cómo hacer llegar al juez información útil para que se adopten las medidas de protección adecuadas.

En España, tras la reforma operada por la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ya no se habla de incapacitar, sino de establecer medidas de apoyo (por ejemplo, curatela) ajustadas a las necesidades de la persona. El procedimiento se tramita conforme a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y el juez suele basarse en informes médicos/sociales, exploración de la persona y lo que aporten familiares y allegados.

Cómo hacer llegar información al juzgado (Sevilla) suele depender de si eres “parte” en el procedimiento o un tercero:

  1. Si ya eres parte o puedes personarte
  • Podrías personarte en el procedimiento (normalmente con abogado y procurador) y presentar un escrito aportando hechos concretos y documentos: informes médicos recientes, informes de servicios sociales, certificados, partes de urgencias, resolución de dependencia, etc.
  • También podrías proponer testigos (familiares, cuidadores, vecinos) para que declaren sobre la situación real.
  1. Si no eres parte, pero tienes información relevante
  • Podrías presentar un escrito “poniendo en conocimiento” del Juzgado de Primera Instancia (Familia) los hechos y solicitando que se incorpore al expediente. En muchos casos, el juzgado lo admite como comunicación, aunque la fuerza procesal puede ser menor que la de una parte personada.
  • Otra vía práctica es hablar con el Ministerio Fiscal, que interviene en estos procedimientos para velar por los intereses de la persona, y facilitarle documentación para que la impulse ante el juez.

Recomendaciones útiles

  • Aporta información verificable y concreta (fechas, episodios, diagnósticos, riesgos, apoyos actuales), evitando valoraciones genéricas.
  • Si propones una medida (curatela, guardador de hecho, etc.), explica por qué y qué apoyos serían necesarios en lo personal y patrimonial.

Si me dices si el procedimiento ya está iniciado y tu relación con la persona (hijo, hermano, etc.), puedo orientarte sobre cuál de estas vías suele encajar mejor.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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