Familia

¿Cómo puedo denunciar al padre de mi hija por manutención si ahora reside en Colombia?

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Por lo que comentas, estás en León y quieres reclamar la manutención (pensión de alimentos) de tu hija al padre, que actualmente vive en Colombia. La clave es que, aunque él esté fuera de España, generalmente puede reclamarse y ejecutarse la obligación por vías civiles y, en ciertos casos, también penales.

En España, la pensión de alimentos para los hijos se regula en el Código Civil. Lo habitual es que exista una resolución judicial (sentencia de divorcio/medidas paternofiliales o auto de medidas) o un convenio aprobado judicialmente donde conste la cuantía. Si no hay todavía una resolución que fije alimentos, normalmente el primer paso sería solicitarla ante el Juzgado de Familia competente (en tu caso, en León), mediante una demanda de medidas paternofiliales, pudiendo pedirse también medidas provisionales.

Si ya existe una sentencia y no paga, podrías iniciar una ejecución de sentencia en España para reclamar las cantidades impagadas (con cálculo de atrasos). Cuando el obligado reside en Colombia, la ejecución puede requerir cooperación internacional para localizar bienes o ingresos allí y para que una autoridad colombiana pueda intervenir en el cobro, según los mecanismos de cooperación y reconocimiento de resoluciones entre países.

Respecto a la “denuncia”, en España el impago de pensiones puede tener relevancia penal en determinadas circunstancias (artículo 227 del Código Penal, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal). Suele exigirse que exista una pensión fijada judicialmente y un impago en los términos del artículo. Aun así, incluso cuando se valora la vía penal, en muchos casos es recomendable tramitar o mantener paralelamente la vía civil de ejecución, porque es la que está directamente orientada al cobro.

Pasos que podrías seguir:

  1. Reunir documentación: sentencia/convenio, certificación de firmeza si la tienes, justificantes de impagos, datos de identificación y último domicilio conocido en Colombia.
  2. Consultar con un abogado/a de familia para preparar la demanda de medidas (si no hay sentencia) o la ejecución (si ya la hay).
  3. Valorar con el profesional si procede también acudir a la vía penal por impago, según el historial de pagos y la resolución existente.
  4. Solicitar orientación en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados de León, por si pudieras acceder a asistencia jurídica gratuita.

Si me confirmas si existe ya una sentencia que fije la pensión y desde cuándo no paga, puedo indicarte qué vía suele encajar mejor en cada escenario.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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