Familia

¿Cómo puedo demandar a mi padre por manutención si tengo 23 años y sigo estudiando?

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Con 23 años y siguiendo estudios, es comprensible que te preguntes si aún puedes pedir una contribución económica a tu padre para cubrir tus necesidades mientras terminas tu formación. En Valladolid se aplica el Derecho civil común (no hay derecho civil autonómico especial en Castilla y León para esta materia).

En España, la obligación de alimentos entre parientes se regula en el Código Civil. “Alimentos” no es solo comida: generalmente incluye lo necesario para vivienda, vestido, asistencia médica y, cuando procede, educación y formación. Aunque la mayoría de edad (18 años) termina la patria potestad, en muchos casos los progenitores pueden seguir debiendo alimentos a los hijos mayores de edad si estos no son económicamente independientes y mantienen una dedicación razonable a los estudios, y si el progenitor tiene capacidad económica. También puede influir si existe una situación previa de separación o divorcio: a veces ya hay una pensión fijada en una sentencia y lo que corresponde es pedir su ejecución o modificación, no empezar de cero.

Para que una reclamación prospere, suele ser relevante acreditar: 1) que sigues estudiando con aprovechamiento (matrícula, notas, calendario), 2) que no tienes ingresos suficientes o son esporádicos, 3) tus gastos (alquiler, transporte, material, etc.), y 4) la capacidad económica de tu padre (si es posible, indicios sobre su empleo/ingresos).

Pasos que podrías valorar:

  1. Revisar si existe sentencia previa de medidas (divorcio/separación) donde se fijara pensión: si la hay, podrías iniciar una ejecución de sentencia o solicitar una modificación de medidas, según el caso.
  2. Si no hay resolución previa, normalmente se plantea una demanda de alimentos entre parientes conforme al Código Civil y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  3. Reunir documentación y buscar orientación de un abogado de familia; si tus recursos son limitados, podrías solicitar justicia gratuita (Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita) en el Colegio de Abogados de Valladolid.

Si quieres, dime si tus padres están divorciados/separados y si existe una sentencia previa con pensión, porque eso cambia bastante el camino procesal.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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