Familia

¿Cómo podemos reducir la pensión alimenticia legalmente?

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Entiendo que en vuestro caso la pensión de alimentos ya está fijada y lo que buscáis es reducirla de forma legal, probablemente porque han cambiado las circunstancias económicas o las necesidades del/de la menor.

En España, la pensión de alimentos se fija en función de dos elementos: las necesidades del hijo/a y la capacidad económica de cada progenitor. Esto se regula, con carácter general, en el Código Civil. Para modificar una pensión ya establecida no basta con “acordarlo de palabra” o pagar menos por iniciativa propia: normalmente se exige una resolución judicial o, si hay acuerdo, su homologación (aprobación) judicial para que sea válida y ejecutable.

La vía habitual es solicitar una “modificación de medidas” cuando existe un cambio sustancial, relevante y relativamente estable respecto a lo que se tuvo en cuenta al dictarse la sentencia o aprobarse el convenio. Por ejemplo, podría plantearse si hay una pérdida de empleo o reducción importante de ingresos no buscada, una nueva situación familiar que afecte a la economía, o si cambian de forma significativa las necesidades del menor (siempre con mucha cautela, porque el interés del menor suele prevalecer). Si el cambio es temporal o leve, en muchos casos no se considera suficiente.

Pasos que podríais seguir, de forma general:

  1. Revisar la sentencia o el convenio regulador vigente para ver qué se fijó exactamente (importe, actualización, gastos extraordinarios).
  2. Reunir documentación que acredite el cambio: nóminas, vida laboral, declaración de IRPF, prestaciones, gastos fijos, alquiler/hipoteca, etc.
  3. Valorar primero un acuerdo con el otro progenitor. Si lo hay, se puede presentar un convenio de modificación para su aprobación judicial.
  4. Si no hay acuerdo, interponer demanda de modificación de medidas ante el juzgado competente.

En A Coruña no hay un derecho civil gallego que altere de forma relevante estas reglas para la pensión de alimentos: se aplica principalmente el Código Civil y la práctica de los juzgados. Un/a abogado/a de Familia podrá analizar si vuestro cambio encaja en los criterios que suelen exigir los tribunales y ayudaros a plantearlo de la forma más sólida posible.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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