Familia

¿Cómo afecta la pérdida de ingresos de mi esposa a la pensión y custodia de nuestros hijos?

A

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Por lo que comentas, tu duda es cómo la bajada de ingresos de tu esposa puede influir tanto en la pensión (de alimentos para los hijos y, en su caso, compensatoria) como en el régimen de custodia.

En materia de hijos, lo principal es que la “pensión de alimentos” se calcula atendiendo a dos ideas: las necesidades de los menores y la capacidad económica de cada progenitor. Esto se regula en el Código Civil (por ejemplo, artículos 90, 91, 93, 142 y siguientes). Si tu esposa pierde ingresos de forma relevante y acreditable, en muchos casos podría solicitarse una modificación de medidas para ajustar la contribución de cada uno (subir, bajar o reequilibrar gastos). También puede influir en cómo se reparten gastos extraordinarios (médicos no cubiertos, actividades, etc.), que normalmente se abonan por mitad o en proporción a ingresos si así se fija.

Respecto a la custodia (monoparental o compartida), la pérdida de ingresos por sí sola no suele ser un motivo directo para cambiarla. Los tribunales priorizan el interés superior del menor y valoran la dedicación previa, la disponibilidad real, la logística (colegio, horarios), la relación con los hijos y la cooperación parental. Esto se encuadra en el Código Civil (artículos 92 y 94). Una pérdida de empleo podría afectar solo en la medida en que cambie la disponibilidad horaria o la estabilidad, pero no debería confundirse con la capacidad de cuidar.

Si existiera pensión compensatoria entre cónyuges, su revisión dependería de si hubo un desequilibrio económico y de la variación sustancial de circunstancias (Código Civil, artículo 97).

Pasos prácticos que podrías valorar:

  1. Reunir documentación de ingresos y gastos (nóminas, paro, IRPF, recibos, gastos de menores).
  2. Intentar un acuerdo por escrito y, si es posible, canalizarlo mediante mediación.
  3. Si no hay acuerdo, plantear una modificación de medidas, aportando pruebas del cambio económico.

En València (Comunitat Valenciana), actualmente se aplica con carácter general el Código Civil estatal en estas materias. Para tu caso concreto, conviene que un profesional revise sentencia/convenio y la magnitud del cambio de ingresos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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