Familia

¿A qué edad se puede solicitar la custodia compartida de un hijo de 3 años?

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Pregunta

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Planteas a qué edad puede pedirse la custodia compartida para un hijo de 3 años viviendo en Jaén. En términos generales, no existe una edad mínima legal que impida solicitarla; lo relevante suele ser si esa modalidad beneficia al menor.

En España, la custodia compartida está prevista en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), especialmente en su artículo 92, y se decide atendiendo al “interés superior del menor”. Esto significa que, aunque el niño tenga 3 años, podría solicitarse custodia compartida si se considera adecuada a sus necesidades (rutinas, estabilidad, vínculo con ambos progenitores, adaptación a horarios, etc.).

En menores de corta edad, los juzgados suelen valorar con especial cuidado cuestiones prácticas, por ejemplo:

  • Proximidad de domicilios y logística (guardería/colegio, desplazamientos).
  • Disponibilidad real de cada progenitor para cuidados diarios.
  • Capacidad de cooperación y comunicación entre progenitores.
  • Historial de implicación en la crianza.
  • Existencia o no de conflicto intenso, y especialmente cualquier indicio de violencia (en cuyo caso pueden existir limitaciones legales).
  • Informes del Equipo Psicosocial adscrito al juzgado, si se solicitan.

En Jaén (Andalucía) se aplica el régimen general del Código Civil, ya que no hay un derecho civil autonómico específico como en Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares.

Pasos que podrías seguir:

  1. Intentar un acuerdo de parentalidad (reparto de tiempos, vacaciones, comunicaciones, decisiones escolares y médicas) y presentarlo para su aprobación judicial.
  2. Si no hay acuerdo, plantearlo en un procedimiento de medidas paternofiliales o en el divorcio/separación, aportando un plan detallado y realista.
  3. Reunir documentación que muestre tu disponibilidad y tu implicación (horarios laborales, apoyo familiar, cercanía al centro escolar, etc.).

Si quieres, puedo indicarte qué suele incluir un “plan de parentalidad” convincente para un menor de 3 años.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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