Recurso de multas

¿Qué puedo hacer si me sancionaron por una acción que no cometí?

A

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Si te han impuesto una multa por una conducta que dices no haber realizado, lo importante es reaccionar dentro de plazo y aportar pruebas o indicios que respalden tu versión. En muchos casos, la sanción se puede discutir por falta de identificación correcta, errores en los hechos o ausencia de pruebas suficientes.

En España, las sanciones administrativas se rigen por el principio de presunción de inocencia: la Administración debe acreditar los hechos y tu participación. Esto se deriva de la Constitución Española (artículo 24) y se desarrolla en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (principios de la potestad sancionadora). Además, la denuncia o el boletín de sanción no siempre bastan por sí solos si existen dudas razonables o faltan elementos de prueba.

Pasos que podrías seguir:

  1. Revisar la notificación y los plazos. Comprueba la fecha de recepción, el órgano sancionador, el hecho imputado, el lugar, la hora y la norma infringida. Los plazos para alegar o recurrir suelen ser breves.

  2. Presentar alegaciones en fase inicial (si aún estás a tiempo). Puedes solicitar el archivo del expediente y pedir expresamente acceso al expediente completo (pruebas, informes, fotos, radar, identificación del agente, etc.), según la Ley 39/2015.

  3. Aportar pruebas. Por ejemplo: billetes, tickets, geolocalización, testigos, informes laborales, registros de entrada/salida, o cualquier documento que contradiga el hecho. Si es una multa de tráfico, puede ser clave demostrar quién conducía o si el vehículo no estaba en el lugar.

  4. Si ya hay resolución, interponer recurso. Generalmente podrías presentar recurso de alzada (si no agota la vía administrativa) o recurso de reposición (si la resolución ya la agota), conforme a la Ley 39/2015. Tras agotar la vía administrativa, podría plantearse recurso contencioso-administrativo según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si me indicas de qué tipo de multa se trata (tráfico, ordenanza municipal, consumo, etc.) y qué dice exactamente la notificación, puedo orientarte mejor sobre el camino habitual y la documentación más útil.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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