¿Dónde debo ir para ejecutar la sentencia de divorcio?
Alejandro
Pregunta
¿Dónde debo ir para ejecutar la sentencia de divorcio?
Alejandro
Pregunta
Si ya tienes una sentencia de divorcio y necesitas “hacerla cumplir” (por ejemplo, pensión de alimentos, pensión compensatoria, uso de la vivienda, entrega de bienes o cumplimiento del régimen de visitas), lo que normalmente se busca es iniciar un procedimiento de ejecución.
En España, la ejecución de una sentencia civil se tramita, por regla general, ante el mismo juzgado que dictó la sentencia. Esto viene regulado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En Barcelona, por tanto, lo habitual es acudir (o presentar el escrito) en el Juzgado de Primera Instancia/Familia que llevó tu divorcio. Si no recuerdas cuál fue, puedes localizarlo revisando la propia sentencia (encabezado y número de autos) o consultando en el servicio de información del partido judicial.
En Cataluña hay particularidades de derecho civil sobre el contenido de las medidas (por ejemplo, régimen de guarda, alimentos, vivienda) conforme al Libro Segundo del Código civil de Cataluña (Ley 25/2010, de 29 de julio), pero el “cómo” se ejecuta judicialmente se apoya principalmente en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Pasos que podrías seguir, en muchos casos:
En ejecuciones suele ser muy recomendable contar con abogado y procurador, especialmente si hay menores o deudas acumuladas, para plantearlo de forma adecuada. Si me dices qué parte de la sentencia necesitas ejecutar (pagos, custodia/visitas, vivienda, etc.), puedo orientarte mejor sobre el trámite más habitual.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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