¿Debo pagar yo si a mi ex le concedieron justicia gratuita en un divorcio contencioso?
Lucía
Pregunta
¿Debo pagar yo si a mi ex le concedieron justicia gratuita en un divorcio contencioso?
Lucía
Pregunta
Si tu ex ha obtenido el beneficio de justicia gratuita en un divorcio contencioso, es normal que te preguntes si eso implica que tú tengas que asumir sus gastos. En general, la justicia gratuita cubre a quien la recibe, pero no traslada automáticamente esos costes a la otra parte.
En España, la justicia gratuita se regula en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. Este beneficio suele incluir abogado y procurador de oficio, exención o reducción de tasas o depósitos (cuando procedan) y algunos gastos del proceso. Eso significa que, normalmente, tu ex no paga (o paga menos) por su defensa y representación, pero tú sigues siendo responsable de tus propios gastos (tu abogado/procurador), salvo que se den circunstancias especiales.
La cuestión clave es la condena en costas, que es cuando el juzgado ordena que una parte pague los gastos procesales de la otra. En procesos de familia (divorcio, medidas sobre hijos, etc.), lo habitual es que no se impongan costas, salvo que el tribunal aprecie temeridad o mala fe (por ejemplo, actuar de forma claramente injustificada). Esto se basa en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Si no hay condena en costas, no tendrías que pagar los gastos de la otra parte, tenga o no justicia gratuita.
Si hubiera condena en costas a tu cargo, el hecho de que tu ex tenga justicia gratuita no impide necesariamente que pudieran reclamártelas. Ahora bien, en muchos casos, al haber intervenido profesionales del turno de oficio, el modo de cuantificar y reclamar esas costas puede tener particularidades prácticas.
Pasos que podrías seguir:
Si me dices si ya hay sentencia y qué dice exactamente sobre “costas”, puedo orientarte mejor sobre los siguientes pasos.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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