Divorcios

¿Debo abandonar la vivienda conyugal antes de acordar el divorcio?

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Pregunta

Respuesta automática

Entiendo que te planteas si conviene irte de la vivienda familiar antes de pactar o tramitar el divorcio. Es una duda muy habitual, porque la decisión puede afectar tanto a la convivencia como a cuestiones prácticas (custodia, uso de la casa y gastos).

En Asturias se aplica, con carácter general, el derecho civil común en materia de familia: principalmente el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) y, a nivel procesal, la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. En términos generales, no existe una “obligación” automática de abandonar la vivienda conyugal antes del divorcio. El uso de la vivienda suele decidirse por acuerdo entre las partes o, si no hay acuerdo, mediante medidas judiciales (provisionales o en la sentencia), atendiendo a las circunstancias familiares, especialmente si hay hijos.

Ahora bien, irse del domicilio sin un acuerdo previo o sin medidas judiciales podría tener efectos prácticos que conviene valorar: por ejemplo, puede dificultar el día a día con los hijos si los hay, o generar conflictos sobre quién asume gastos (hipoteca, alquiler, suministros). Además, conviene diferenciar “uso” de “propiedad”: aunque uno se vaya, la titularidad (si es ganancial, privativa, en copropiedad, alquiler, etc.) no cambia por ese hecho.

Pasos que podrías considerar:

  1. Intentar un acuerdo por escrito sobre la ocupación temporal de la vivienda y el reparto de gastos, aunque sea provisional.
  2. Si la convivencia es difícil, valorar solicitar medidas provisionales (o provisionalísimas) para que un juez regule temporalmente el uso de la vivienda, la custodia/visitas y contribuciones económicas.
  3. Si hay situación de riesgo o violencia, la prioridad sería la protección, pudiendo activarse medidas específicas conforme a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (según el caso).
  4. Reunir documentación: escritura o contrato de alquiler, recibos de hipoteca y suministros, empadronamiento y gastos de los hijos.

Dado que cada situación (hijos, propiedad, ingresos, urgencia) cambia mucho el enfoque, suele ser recomendable comentarlo con un abogado o con el servicio de orientación jurídica para decidir el mejor paso antes de marcharte.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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