Recurso de multas

¿Cuánto tiempo demora dictar sentencia en un proceso administrativo oral?

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Entiendo que quieres saber cuánto suele tardar en dictarse sentencia cuando impugnas una multa y el asunto se tramita por un procedimiento “oral” en vía judicial. En Sevilla, estos tiempos dependen mucho del juzgado concreto y de la carga de trabajo, pero sí hay unas referencias legales y prácticas.

En España, los recursos contra multas, una vez agotada la vía administrativa, suelen acabar en la jurisdicción contencioso-administrativa. El procedimiento más habitual para sanciones administrativas es el “procedimiento abreviado”, regulado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se le llama “abreviado” y con frecuencia incluye una vista oral (una comparecencia ante el juez) si hay prueba o si el juez la considera necesaria; en otros casos, se resuelve sin vista.

Sobre el plazo para dictar sentencia, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, prevé que, en general, la sentencia se dicte dentro de un plazo orientativo tras quedar el asunto “visto para sentencia” (cuando ya no quedan trámites y el juez tiene todo para resolver). En la práctica, ese plazo legal no siempre se cumple por acumulación de asuntos, por lo que la demora real puede ir desde semanas a varios meses, e incluso más si el juzgado está especialmente saturado, si hay prueba compleja o si se piden diligencias adicionales.

Pasos que podrías seguir para orientarte mejor en tu caso:

  1. Confirmar en qué fase está el procedimiento (pendiente de vista, vista celebrada, “visto para sentencia”).
  2. Consultar el estado del expediente a través de tu procurador/abogado, o en el servicio de información del órgano judicial si procede.
  3. Valorar con tu profesional si cabe solicitar impulso procesal o información sobre señalamientos y tiempos medios del juzgado.

Si me indicas si ya se ha celebrado la vista y ante qué órgano (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo u otro), puedo orientarte con más precisión sobre los tiempos habituales en ese punto del proceso.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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