Divorcios

¿Cómo se tramita el divorcio de extranjeros casados en España?

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Si sois extranjeros pero os casasteis en España y ahora queréis divorciaros viviendo en Segovia (o con vínculo con España), en muchos casos el divorcio puede tramitarse ante autoridades españolas. Lo más importante suele ser determinar qué juzgado es competente y qué ley se aplicará.

  1. ¿Se puede divorciar en España siendo extranjero? Generalmente sí, si se cumple algún criterio de competencia judicial. La competencia suele venir dada por el lugar de residencia habitual de alguno de los cónyuges, o por la última residencia habitual común en España, entre otros. Estas reglas están en el Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental (aplicable si hay vínculo con la UE) y, en su caso, en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

  2. ¿Qué ley se aplica al divorcio? Que el procedimiento se tramite en España no implica automáticamente que se aplique derecho español. La ley aplicable puede depender de la nacionalidad, residencia habitual y acuerdos entre las partes. En divorcios internacionales dentro de la UE suele operar el Reglamento (UE) nº 1259/2010 del Consejo (Roma III) sobre la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial. Si no resulta aplicable, pueden entrar en juego normas españolas de Derecho internacional privado.

  3. ¿Cómo se tramita (vías posibles)?

  • Divorcio de mutuo acuerdo: en muchos casos es más rápido y menos conflictivo. Se presenta una demanda conjunta con un convenio regulador (medidas sobre vivienda, pensión, custodia si hay hijos, etc.), conforme al Código Civil y a la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  • Divorcio contencioso: si no hay acuerdo, uno presenta demanda y el otro contesta; el juez decide las medidas.
  1. Pasos prácticos orientativos
  • Reunir documentación: certificado de matrimonio (Registro Civil español), certificados de nacimiento de hijos si los hay, empadronamiento/residencia, y documentación económica.
  • Valorar si procede mutuo acuerdo y redactar convenio.
  • Presentar demanda ante el Juzgado de Primera Instancia competente (habitualmente el del domicilio familiar o residencia del demandado, según el caso).

Si además necesitáis que el divorcio “surta efectos” en vuestro país, podría ser necesario un trámite posterior de reconocimiento/inscripción según las normas del país de origen; un profesional puede guiaros para evitar problemas de validez internacional.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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