Divorcios

¿Cómo proceder para divorciarse si ya estamos separados?

I

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Si ya estáis separados de hecho (cada uno viviendo por su lado o con vidas claramente independientes) y queréis formalizarlo, el siguiente paso suele ser tramitar el divorcio para que la situación tenga efectos legales plenos (por ejemplo, sobre bienes, pensiones o medidas respecto a hijos).

En España, el divorcio se regula principalmente por el Código Civil y por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, y el procedimiento por la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Con carácter general, no es necesario alegar “causa” ni demostrar la separación previa: normalmente basta con que hayan pasado al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio para poder solicitar el divorcio.

El camino más habitual depende de si hay acuerdo:

  1. Divorcio de mutuo acuerdo (generalmente más rápido y menos conflictivo)
  • Se presenta una demanda conjunta acompañada de un convenio regulador (acuerdos sobre custodia y régimen de visitas si hay hijos, pensión de alimentos, uso de vivienda, reparto de gastos, etc.).
  • Si no hay hijos menores o con discapacidad necesitados de especial protección, en muchos casos podría hacerse ante notario mediante escritura pública (Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria). Si los hay, normalmente se tramita ante el Juzgado y debe intervenir el Ministerio Fiscal.
  1. Divorcio contencioso (si no hay acuerdo)
  • Uno de los cónyuges presenta demanda y el juez decide las medidas tras el procedimiento.
  • Si la situación actual es urgente (por ejemplo, convivencia difícil, necesidad de fijar medidas sobre hijos o pagos), podría valorarse solicitar medidas provisionales.

Pasos prácticos en Las Palmas:

  • Reunir documentación: certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de hijos, empadronamiento si es relevante, y documentación económica básica (nóminas, alquiler/hipoteca, etc.).
  • Valorar si podéis negociar un convenio: suele reducir tiempos y costes.
  • Consultar con un abogado de familia para enfocar el tipo de procedimiento y redactar correctamente las medidas, especialmente si hay vivienda, deudas o hijos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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