Recurso de multas

¿Cómo es posible que juntaran una multa con una deuda que tenía?

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Por lo que comentas, te has encontrado con que una multa se ha “juntado” o se ha tramitado junto con otra deuda que ya tenías, y te sorprende que aparezcan vinculadas o acumuladas para el cobro. Esto puede ocurrir por cómo funcionan los procedimientos de recaudación cuando hay importes pendientes con una Administración.

En muchos casos, una multa (por ejemplo, de tráfico o una sanción administrativa) primero se gestiona en “vía voluntaria”, con un plazo para pagar o recurrir. Si no se paga en plazo y la sanción pasa a ser firme (porque no se recurrió a tiempo o porque el recurso fue desestimado), puede pasar a “vía de apremio”, que es el procedimiento de cobro forzoso. En esa fase, el órgano de recaudación puede tramitar conjuntamente varias deudas tuyas con la misma Administración u organismo recaudador (por ejemplo, a través de un embargo de cuenta o de nómina), aunque provengan de conceptos distintos.

Esto suele apoyarse en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (para deudas de naturaleza tributaria y, en muchos casos, para la recaudación ejecutiva) y en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. En materia de sanciones y su ejecución, también influyen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, si hablamos de tráfico, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Pasos que podrías seguir:

  1. Identificar quién recauda (Ayuntamiento, DGT, Junta, Agencia Tributaria/organismo provincial) y pedir el “expediente” o el detalle de deudas.
  2. Revisar notificaciones: fechas, si hubo intentos de notificación y si la multa llegó a ser firme.
  3. Comprobar si hay recargos e intereses por apremio y desde cuándo.
  4. Si detectas defectos (por ejemplo, falta de notificación válida), podrías valorar un recurso o una solicitud de revisión; si la deuda es correcta, podrías pedir un aplazamiento o fraccionamiento.

Si me dices qué organismo te lo reclama (y si te han embargado o solo te han notificado el apremio), puedo orientarte mejor sobre qué documento pedir y qué vías suelen existir en estos casos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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