¿A partir de qué edad puede un hijo elegir con quién vivir?
Elena Navarro García

Elena Navarro García

16-02-2026

6 minutos

¿A partir de qué edad puede un hijo elegir con quién vivir?

Una de las preguntas más frecuentes en los procesos de separación y divorcio en España es a partir de qué edad puede un hijo elegir con quién vivir. Es una duda comprensible: si tus hijos tienen cierta edad, es lógico pensar que su opinión debería contar. Pero la respuesta legal tiene matices que conviene conocer antes de tomar decisiones.

En este artículo te explicamos qué dice la legislación española, cuándo se escucha al menor, qué peso tiene su opinión en la práctica y qué puedes hacer si te encuentras en esta situación.

¿Qué dice la ley sobre la opinión del menor?

El Código Civil español (art. 92.6 y 770.4 de la LEC) establece que los menores deben ser escuchados en los procedimientos que les afecten directamente, siempre que tengan suficiente juicio. La ley no fija una edad exacta, pero en la práctica judicial se han consolidado criterios claros.

El artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor refuerza este derecho: el menor tiene derecho a ser oído y escuchado, tanto en el ámbito familiar como en cualquier procedimiento administrativo, judicial o de mediación.

¿A partir de qué edad se escucha al menor?

La referencia más extendida en los juzgados es la edad de 12 años. A partir de esa edad, la audiencia del menor es obligatoria para el juez. El menor será llamado a declarar en el juzgado, normalmente en un entorno protegido y sin la presencia directa de los progenitores.

Sin embargo, esto no significa que un niño de 12 años tenga poder de decisión. Lo que tiene es derecho a que su opinión sea escuchada y valorada. El juez tendrá en cuenta lo que exprese, pero junto a muchos otros factores.

¿Y si el menor tiene menos de 12 años?

Los menores de 12 años también pueden ser escuchados si el juez considera que tienen suficiente madurez. En la práctica, niños de 8, 9 o 10 años son oídos con frecuencia cuando el tribunal lo estima conveniente. La clave no es la edad exacta, sino la capacidad del menor para comprender la situación y expresar una opinión fundamentada.

¿Puede un hijo de 14 o 16 años decidir con quién vivir?

A medida que el menor se acerca a la mayoría de edad, su opinión cobra más peso. Un adolescente de 14 o 16 años tiene mayor capacidad de juicio, y los tribunales suelen valorar especialmente su deseo.

Dicho esto, ni siquiera un menor de 17 años tiene la última palabra. La decisión final siempre corresponde al juez, que debe velar por el interés superior del menor. Si un adolescente quiere vivir con uno de los progenitores por razones que el juez considera perjudiciales (por ejemplo, falta de disciplina o influencia negativa), podría no atender esa preferencia.

¿Qué factores valora el juez además de la opinión del menor?

El juez analiza la situación en su conjunto. Entre los factores más relevantes se encuentran:

  • Estabilidad emocional y entorno: cuál de los dos hogares ofrece mayor estabilidad al menor.
  • Vínculo afectivo: la relación del menor con cada progenitor y con sus hermanos.
  • Capacidad parental: disponibilidad, implicación y habilidades de crianza de cada progenitor.
  • Informes psicosociales: elaborados por el equipo técnico del juzgado, suelen tener mucho peso.
  • Arraigo escolar y social: cambios de colegio, amistades, actividades extraescolares.
  • Deseo del menor: valorado junto con los demás factores y siempre que no responda a presiones o manipulaciones.

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¿Qué ocurre si el menor se niega a ir con uno de los progenitores?

En la práctica, cuando un menor (especialmente si es adolescente) se niega de manera persistente a cumplir el régimen de visitas o de custodia, la situación se complica. Obligar físicamente a un menor no es viable ni recomendable, pero el incumplimiento del régimen puede tener consecuencias legales.

Si te encuentras en esta situación, lo más aconsejable es:

  • Documentar los incumplimientos.
  • Solicitar una modificación de medidas ante el juzgado.
  • Considerar la mediación familiar como primera opción.
  • Consultar con un abogado para valorar los pasos a seguir.

En nuestra guía definitiva para divorciarse en España encontrarás información completa sobre el proceso.

¿Cómo se desarrolla la audiencia del menor en el juzgado?

La exploración del menor se realiza normalmente en el despacho del juez, en un ambiente distendido, y sin la presencia de los abogados ni de los padres. El objetivo es que el menor se sienta cómodo para expresar libremente su opinión.

En muchos casos, también interviene un psicólogo del equipo técnico que evalúa la madurez del menor y si su opinión está libre de influencias externas. El juez puede preguntar al menor con quién prefiere vivir, cómo se siente en cada casa, cómo es su día a día, etc.

Es importante saber que el contenido exacto de esta conversación no suele trasladarse literalmente a los padres. Se refleja de forma resumida en el informe del equipo psicosocial.

¿Cuánto cuesta un proceso de custodia?

El coste depende de si el proceso es de mutuo acuerdo o contencioso, de la complejidad del caso y de los honorarios del abogado. Para una referencia más detallada, te recomendamos nuestro artículo sobre cuánto cuesta un abogado de divorcio en España.

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Conclusión

En resumen, un hijo no decide legalmente con quién vivir a ninguna edad: esa decisión corresponde siempre al juez. Sin embargo, a partir de los 12 años (y en muchos casos antes si tiene suficiente madurez), el menor tiene derecho a ser escuchado, y su opinión se valora junto con el resto de circunstancias.

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Elena Navarro García

Elena Navarro García

Abogada especialista en Derecho Civil y Familia

Abogada colegiada con más de 15 años de experiencia en Derecho Civil, Familia y Sucesiones. Máster en Derecho de Familia por la Universidad Complutense de Madrid. Colabora con Keatia redactando contenido especializado sobre divorcios, custodia, herencias y reclamaciones civiles, combinando rigor jurídico con un lenguaje accesible para el ciudadano.

Contenido revisado por abogados colegiados de Keatia
Tags: #Custodia #Derecho de familia
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