Abogados especializados en derecho Mercantil en Albox

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Abogado Miguel Rodríguez Martínez

Abogado Miguel Rodríguez Martínez

  • Pl. San Francisco, 10, 04800 Albox, Almería
Sin reseñas

Especialidades

Inmobiliario Civil Comunitario Constitucional General Internacional Marítimo Médico-Sanitario Medio ambiente Mercantil Militar Procesal Telecomunicaciones Tributario-Fiscal Urbanismo Comunidad de propietarios Desahucios Divorcios Laboral Derecho bancario
Alonso & Garrido Abogados

Alonso & Garrido Abogados

  • Pl. San Francisco, 1, 04800 Albox, Almería
Sin reseñas

Especialidades

Inmobiliario Civil Comunitario Derecho deportivo Familia General Hipotecario y Notarial Internacional Marítimo Médico-Sanitario Mercantil Penal Procesal Telecomunicaciones Tributario-Fiscal Urbanismo Seguros Comunidad de propietarios Protección de datos Desahucios Divorcios Derecho bancario

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Abogados especializados en derecho Mercantil en Albox

Un abogado mercantilista es el especialista en derecho empresarial y comercial. Asesora a empresas, autónomos y emprendedores en la constitución de sociedades, pactos de socios, contratos mercantiles, fusiones y adquisiciones, concursos de acreedores y protección de la propiedad industrial. Los servicios más demandados incluyen la redacción de estatutos sociales, la resolución de conflictos societarios (impugnación de acuerdos, separación de socios), la asesoría en competencia desleal y la defensa en litigios mercantiles. También interviene en franquicias, distribución comercial, joint ventures y operaciones de compraventa de empresas. Los honorarios varían según la complejidad: desde 300 € por una consulta hasta decenas de miles en operaciones corporativas. En Keatia puedes comparar abogados mercantilistas verificados y solicitar cita gratuita.

En Albox hay 2 profesionales disponibles en Mercantil registrados en Keatia.

Preguntas frecuentes

Los honorarios en Derecho Mercantil suelen variar según el servicio: una consulta o revisión puntual puede rondar 60–120 €, la constitución de una sociedad (con estatutos y trámites) suele situarse entre 300–900 € + notaría y Registro Mercantil, y un procedimiento judicial mercantil puede moverse, orientativamente, entre 1.200–6.000 € o más si hay periciales. En reclamaciones de cantidad o conflictos societarios también es habitual pactar una provisión de fondos inicial. Pide siempre presupuesto por escrito, qué incluye (reuniones, burofaxes, asistencia a vistas) y si habrá procurador. Como recomendación, compara perfiles y experiencia; en keatia.es puedes encontrar y comparar abogados mercantiles en Almería según especialidad y reseñas.

Crear una SL en Almería suele llevar entre 3 y 10 días hábiles si se aporta toda la documentación y se usa estatuto tipo/PAE; puede alargarse si hay incidencias en la denominación o en el Registro Mercantil. Necesitarás: certificado negativo de denominación social, DNI/NIE de socios y administrador, justificante del capital (mínimo 1 € tras reformas, aunque lo habitual es 3.000 €), estatutos, escritura ante notario, alta censal (modelo 036) y, según el caso, IAE y licencias municipales. El marco legal principal es la Ley de Sociedades de Capital. Recomendación: antes de firmar, define bien el objeto social y el régimen de administración para evitar problemas futuros.

Depende del importe y del cauce. Para presentar un monitorio (arts. 812 y ss. LEC) no siempre es obligatorio abogado y procurador al inicio, pero si el deudor se opone o la cuantía supera 2.000 €, normalmente necesitarás ambos para seguir el procedimiento. En la práctica, contar con abogado desde el primer requerimiento (burofax, negociación, reconocimiento de deuda) aumenta las opciones de cobro y evita defectos de prueba. En Almería, estas reclamaciones suelen tramitarse en los Juzgados de Primera Instancia, y si hay materia mercantil específica, en el Juzgado de lo Mercantil correspondiente. Recomendación: recopila facturas, albaranes, emails y condiciones de pago, y consulta estrategia antes de demandar.

El plazo de prescripción depende del tipo de acción. En general, las acciones personales para reclamar deudas sin plazo especial prescriben a los 5 años (art. 1964 del Código Civil). Si hablamos de compraventa mercantil u operaciones entre empresas, conviene analizar el contrato y la naturaleza de la relación para confirmar el cómputo (desde que la deuda es exigible) y si ha habido interrupciones (burofax, reclamación judicial, reconocimiento de deuda). En morosidad comercial, la Ley 3/2004 permite reclamar intereses de demora y costes de cobro. Recomendación: no esperes al final del plazo; un abogado puede preparar un requerimiento eficaz y fijar pruebas para un monitorio o juicio.

Conviene contar con abogado antes de firmar, no cuando ya hay conflicto. En contratos de distribución, agencia o suministro, los problemas típicos son exclusividad, territorio, objetivos, penalizaciones, propiedad de clientes, confidencialidad y causas de resolución. En el contrato de agencia, por ejemplo, puede existir derecho a indemnización por clientela (Ley 12/1992), y una mala redacción puede salir cara. Un abogado mercantil revisa cláusulas, adapta a tu modelo de negocio y prevé salidas (preavisos, liquidaciones, no competencia). En Almería, donde hay actividad agrícola y logística, estos acuerdos son frecuentes. Recomendación: pide una revisión “cerrada” con presupuesto y checklist de riesgos antes de comprometerte.

Los conflictos societarios suelen girar en torno a juntas mal convocadas, bloqueo de acuerdos, falta de información, remuneración del administrador o reparto de dividendos. La Ley de Sociedades de Capital regula derechos de información, impugnación de acuerdos y acciones de responsabilidad. Los plazos pueden ser cortos: la impugnación de acuerdos sociales, con carácter general, tiene un plazo de 1 año (salvo supuestos de nulidad radical). El primer paso práctico es revisar estatutos, pactos de socios, actas y cuentas anuales. En Almería, estos asuntos pueden acabar en el Juzgado de lo Mercantil. Recomendación: busca asesoramiento temprano para valorar negociación, mediación o medidas cautelares; en keatia.es puedes localizar abogados mercantiles en Almería con experiencia societaria.

El concurso se rige por el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) y puede ser voluntario (lo solicita la empresa) o necesario. Si existe insolvencia actual, la empresa debe actuar con diligencia; aunque la reforma concursal introdujo mecanismos preconcursales, conviene estudiar plazos y comunicaciones para proteger a administradores. El procedimiento incluye: preparación de memoria, inventario, lista de acreedores, solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil, posible nombramiento de administrador concursal y fases de convenio o liquidación. La duración es muy variable: de 6–12 meses en concursos simples a más de 18–24 meses si hay litigios y activos complejos. Recomendación: no esperes a embargos; un abogado mercantil puede planificar reestructuración y minimizar responsabilidad.

Para aprovechar la primera reunión, lleva: escrituras y estatutos de la sociedad, notas simples o certificaciones del Registro Mercantil si las tienes, libros de actas relevantes, contratos (distribución, arrendamientos, suministros), facturas y albaranes, correos o WhatsApp clave, requerimientos (burofaxes), y si hay conflicto laboral/administrador, nóminas o acuerdos de remuneración. Si es una reclamación, incluye cuadro de deuda con fechas de vencimiento y prueba de entrega. También ayuda aportar poderes, CIF y datos de la contraparte. En Almería, muchos asuntos acaban judicializados, así que la prueba es esencial desde el inicio. Recomendación: prepara un resumen cronológico y objetivos; en keatia.es puedes pedir cita y filtrar por especialidad mercantil.

Las demandas se presentan en los órganos judiciales competentes según materia y cuantía. En asuntos específicamente mercantiles (sociedades, concurso, competencia desleal, propiedad industrial), suele intervenir el Juzgado de lo Mercantil; en otras reclamaciones civiles entre empresas, pueden conocer los Juzgados de Primera Instancia. Los tiempos dependen de la carga del juzgado: una reclamación por monitorio puede resolverse en pocos meses si no hay oposición, mientras que un procedimiento declarativo con vista puede tardar, orientativamente, 9–18 meses o más, y luego cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería. Recomendación: pide a tu abogado una estimación realista de plazos y estrategia probatoria; en keatia.es puedes comparar profesionales en Almería según experiencia procesal.

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