Mostrando 8 de 22 profesionales
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Un abogado inmobiliario es el profesional especializado en operaciones relacionadas con bienes inmuebles: compraventa de viviendas y locales, hipotecas, arrendamientos urbanos y rústicos, y litigios sobre propiedad. Entre los servicios más demandados se encuentran la revisión de contratos de compraventa, la reclamación por vicios ocultos, la defensa frente a desahucios y la asesoría en comunidades de propietarios. También intervienen en procedimientos de división de cosa común, deslinde de fincas y expropiaciones forzosas. Los honorarios de un abogado inmobiliario en España oscilan entre 500 € y 3.000 € según la complejidad del asunto, y muchos despachos ofrecen una primera consulta gratuita. En Keatia puedes comparar abogados inmobiliarios verificados con opiniones reales de otros clientes, consultar su experiencia concreta y solicitar cita online directamente.
En Granada hay 22 profesionales disponibles en Inmobiliario registrados en Keatia.
En Granada, un abogado inmobiliario suele cobrar por revisión de contrato y acompañamiento en compraventa entre 300 y 900 € + IVA, según si incluye negociación, arras, revisión registral y asistencia a notaría. Si además hay incidencias (cargas, usufructos, herencias, ocupantes), el rango puede subir a 1.000–2.500 €. Algunas firmas trabajan con tarifa fija y otras por horas (80–180 €/h). Lo aconsejable es pedir un presupuesto por escrito con alcance (arras, escritura, plusvalía, coordinación con gestoría y banco). Para comparar profesionales y precios en Granada, Keatia (keatia.es) puede ayudarte a encontrar abogados inmobiliarios por especialidad.
No es obligatorio por ley, pero sí muy recomendable. El contrato de arras suele ser el documento que más conflictos genera: define precio, plazos, penalizaciones y qué pasa si una parte incumple. En España es frecuente usar arras penitenciales (art. 1454 del Código Civil), donde si el comprador desiste pierde la señal y si el vendedor se echa atrás devuelve el doble. Un abogado revisa también cargas en el Registro de la Propiedad, situación de IBI y comunidad, y si la vivienda tiene licencias o problemas urbanísticos. Mi recomendación es contratar antes de entregar dinero y fijar plazos realistas (hipoteca, certificaciones, cancelación de cargas).
Antes de comprar, conviene revisar como mínimo: nota simple del Registro de la Propiedad (titularidad y cargas), recibos de IBI y certificado catastral, certificado de deuda cero de la comunidad (art. 9 LPH), certificado de eficiencia energética, cédula/licencia de primera ocupación cuando proceda y situación urbanística (especialmente relevante en zonas con planeamiento complejo). Si hay hipoteca, también el estado de cancelación o subrogación. En Granada, por la presencia de fincas antiguas y posibles reformas, es útil verificar la legalidad de obras y si existen expedientes. Recomendación: pedir al abogado un “informe de riesgos” por escrito antes de firmar arras.
Si compras una vivienda de segunda mano, el Código Civil permite reclamar por vicios ocultos (arts. 1484 y ss.) dentro de los 6 meses desde la entrega. Es un plazo corto y exige acreditar que el defecto existía antes, era oculto y es grave. Si compras a promotor/constructor, suelen aplicarse plazos de la LOE (Ley 38/1999): 1 año para acabados, 3 años para habitabilidad y 10 años para estructura, con acciones que normalmente deben ejercitarse dentro de los 2 años desde que se manifiesta el daño (según el caso). Lo práctico: documenta cuanto antes con perito, fotos y burofax. Para encontrar un abogado especializado en Granada, Keatia (keatia.es) es un recurso útil para comparar perfiles.
El desahucio por impago se tramita por juicio verbal (Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 250.1.1º). En Granada, los plazos dependen de la carga de trabajo de los Juzgados de Primera Instancia, pero como orientación puede tardar entre 3 y 8 meses desde la demanda hasta el lanzamiento, si no hay incidencias. El proceso incluye requerimiento de pago, posible enervación (el inquilino puede pagar y parar el desahucio una vez, si cumple requisitos), decreto de fechas y, en su caso, lanzamiento. Es clave aportar contrato, impagos, requerimientos y datos de la finca. Recomendación: actuar rápido y con abogado, y valorar medidas cautelares o acuerdos de entrega de llaves.
Depende de la gravedad y de si el arrendador incumple su obligación de conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad (Ley de Arrendamientos Urbanos, art. 21). Si hay humedades, filtraciones, problemas eléctricos o obras que impiden el uso normal, puedes exigir reparación y, si el incumplimiento es relevante, pedir resolución del contrato y daños y perjuicios (art. 27 LAU). En la práctica conviene: comunicar por escrito (burofax), dar plazo razonable, recopilar pruebas (fotos, informes técnicos) y, si procede, acudir a juicio. Un abogado también valorará si procede reducción de renta o suspensión. Recomendación: no dejes de pagar sin asesoramiento, porque puede generar un desahucio por impago.
La plusvalía municipal (IIVTNU) grava el incremento del valor del terreno urbano y la gestiona el Ayuntamiento. En compraventas, por costumbre la paga el vendedor, aunque puede pactarse otra cosa en contrato. Tras la jurisprudencia y reformas recientes, no se paga si no hay incremento o si el cálculo resulta confiscatorio; puede reclamarse en ciertos casos. Los plazos habituales de autoliquidación son 30 días hábiles desde la transmisión (consultable en la ordenanza local). Un abogado revisa escritura, valores y si conviene aportar prueba de ausencia de ganancia (escrituras de compra/venta, gastos). Recomendación: pacta por escrito quién asume el impuesto y revisa el cálculo antes de pagar.
Lo primero es verificar en el Registro de la Propiedad (nota simple) si existen hipotecas, embargos, afecciones fiscales o servidumbres. También conviene comprobar si hay ocupantes: empadronamiento no prueba posesión, pero puede indicar riesgo; y si hay inquilino, revisar contrato y derechos de adquisición preferente en su caso. Un abogado puede negociar la cancelación de cargas en notaría (retención de precio, pagos a acreedor, carta de pago) y establecer cláusulas de entrega de posesión. Si hay ocupación sin título, el riesgo y plazos de recuperación pueden ser altos. Recomendación: no firmes arras sin condición suspensiva por cancelación de cargas y entrega libre; en Keatia (keatia.es) puedes comparar abogados inmobiliarios en Granada para este tipo de operaciones.
Las demandas civiles inmobiliarias (arras, compraventa, reclamación de cantidad, desahucios, vicios) suelen presentarse en los Juzgados de Primera Instancia de Granada, y la competencia territorial normalmente viene determinada por el domicilio del demandado o la ubicación del inmueble, según el tipo de acción (LEC). En costes, para particulares no suele haber tasas judiciales en primera instancia, pero sí honorarios de abogado y procurador: orientativamente 1.200–4.000 € + IVA en asuntos medios, más peritos si hacen falta (300–1.500 €). También puede haber condena en costas si se pierde. Recomendación: pide una hoja de encargo clara con fases y escenarios y valora una solución extrajudicial antes de demandar.
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