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Un abogado de alquileres es el especialista en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y los conflictos entre propietarios e inquilinos. Los casos más frecuentes incluyen la redacción y revisión de contratos de alquiler, la reclamación de rentas impagadas, la actualización de la renta (IPC), la recuperación de la fianza, las obras y reparaciones en la vivienda arrendada, y la resolución del contrato por necesidad del arrendador. La última reforma de la LAU (Ley de Vivienda 2023) establece límites a las subidas de renta en zonas tensionadas, amplía la duración mínima del contrato a 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica) y refuerza los derechos del inquilino. También asesora en alquileres de temporada y de uso turístico. En Keatia puedes encontrar abogados de alquileres verificados y solicitar cita gratuita.
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Los honorarios varían según si se trata de un desahucio por impago, una reclamación de rentas o una negociación. En Córdoba, una consulta suele costar 50–120 €, y un procedimiento de desahucio (con demanda y vistas) suele moverse entre 900 y 2.500 € + IVA, además de procurador (aprox. 250–500 €). Si solo se reclama deuda, puede subir por cuantía o complejidad. La base legal suele estar en la LAU y en la LEC. Pide presupuesto cerrado y aclara si incluye burofaxes y ejecución. En keatia.es puedes comparar abogados de alquileres en Córdoba y solicitar varios presupuestos antes de decidir.
No existe un “plazo mínimo” de meses impagados: con un impago ya puede instarse el desahucio por falta de pago (LAU y arts. 440 y ss. LEC). Lo habitual es enviar un requerimiento previo (burofax) y después presentar demanda. Tras admitirla, el juzgado fija fecha de vista (si hay oposición) y fecha de lanzamiento. En la práctica, en Córdoba los tiempos dependen de carga de los Juzgados de Primera Instancia: puede ir de 3–6 meses en casos sin oposición a 6–12 meses si hay incidencias. Conviene actuar rápido y documentar la deuda. Un abogado te ayudará a preparar demanda y evitar errores procesales.
La subida depende de lo pactado en el contrato y de la normativa vigente. En arrendamientos de vivienda (LAU), la actualización suele estar vinculada al índice pactado (muchas veces IPC), pero en los últimos años han existido topes legales temporales a las actualizaciones según el tipo de arrendador y normativa aplicable. Además, si no hay cláusula de actualización, en general no se puede subir “porque sí” durante la vigencia del contrato. Para que sea válida, debe comunicarse en la forma y plazo pactados y aplicarse desde el mes siguiente a la notificación. Revisa contrato, fecha y comunicación. Si dudas, consulta a un abogado para evitar pagar de más o incurrir en impago.
En vivienda, la fianza (normalmente una mensualidad) debe devolverse al finalizar el contrato y entregar llaves. Si el arrendador se retrasa, la LAU prevé que, pasado un mes sin devolverla, devenga interés legal (art. 36 LAU). En la práctica, primero conviene reclamar por escrito (burofax) adjuntando documento de entrega de llaves, inventario y fotos del estado del piso. Si no hay acuerdo, se puede acudir a un procedimiento monitorio o verbal según cuantía, reclamando fianza e intereses. En Córdoba, la vía judicial se tramita en los Juzgados de Primera Instancia. Un abogado puede valorar si existen daños reales compensables o si la retención es abusiva.
Depende del tipo de procedimiento y de la cuantía. En desahucios por falta de pago o expiración de plazo, lo habitual es que se tramite por juicio verbal y, en la práctica, contar con abogado y procurador es la vía más segura para evitar nulidades y acelerar trámites. Para reclamaciones de cantidad, si la cuantía no supera 2.000 €, se puede acudir sin abogado ni procurador, aunque no siempre conviene. En monitorios, se puede iniciar sin abogado, pero si hay oposición suele ser necesario. Para Córdoba, además, un profesional acostumbrado a los Juzgados de Primera Instancia locales puede anticipar tiempos y requisitos. En keatia.es puedes localizar abogados especializados en arrendamientos en Córdoba.
Para iniciar un desahucio o reclamar rentas conviene aportar: contrato de arrendamiento y anexos, DNI/NIE de las partes si lo tienes, título de propiedad o nota simple, justificantes de impago (extractos bancarios, recibos), comunicaciones previas (WhatsApp, emails) y, si existe, burofax de requerimiento. También son útiles el certificado de empadronamiento si hay dudas sobre ocupantes, el inventario y fotos del estado del inmueble. Si se reclama también suministro o daños, reúne facturas y presupuestos. Con esa base, el abogado prepara demanda conforme a la LEC, calcula deuda y solicita lanzamiento. Llevar el expediente ordenado reduce retrasos y facilita una estrategia clara.
Contratar antes de firmar suele ahorrar muchos conflictos. Un abogado puede revisar cláusulas sobre duración (art. 9 LAU), prórrogas, actualización de renta, obras, desistimiento, penalizaciones y garantías adicionales (depósitos o avales). También puede ajustar el contrato a casos frecuentes en Córdoba, como alquiler a estudiantes o alquiler temporal, evitando que un “temporal” se convierta en vivienda habitual por un mal redactado. Si ya hay problemas (impagos, negativa a salir, fianza), cuanto antes se asesore, mejor: un burofax bien planteado y una demanda correcta evitan meses de retraso. En keatia.es puedes encontrar y comparar abogados de arrendamientos en Córdoba según especialidad y opiniones.
La enervación permite al inquilino evitar el desahucio si paga lo debido (rentas e intereses/costas cuando proceda) en ciertos casos. Con carácter general, solo puede enervarse una vez durante la vida del contrato, y no se admite si el arrendador requirió de pago fehacientemente (por ejemplo, burofax) con al menos 30 días de antelación a la demanda y el inquilino no pagó. Esto está regulado en la LEC (art. 22.4) y es clave para decidir estrategia. Por eso el requerimiento previo suele ser determinante. Un abogado te dirá si conviene requerir, negociar o demandar directamente y cómo documentarlo para que el juzgado lo admita sin problemas.
Si hay contrato y el inquilino no se marcha al terminar (expiración de plazo) o incumple, suele proceder desahucio por expiración o por falta de pago (LAU y LEC). Si no hay contrato y es ocupación sin título, pueden aplicarse acciones de tutela sumaria de la posesión (art. 250.1.4º LEC) u otras vías según el caso. Los plazos dependen de oposición, notificaciones y carga de los Juzgados de Primera Instancia de Córdoba: orientativamente 4–10 meses, pudiendo alargarse si hay incidencias. Es fundamental evitar “autodesalojos” (cambio de cerradura, cortes de suministros) por riesgo penal. En keatia.es puedes encontrar abogados en Córdoba con experiencia en desahucios y ocupación.
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