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Tengo problemas con mi madre, ¿puedo recibir una pensión?

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Por lo que comentas, tienes una relación complicada con tu madre y te preguntas si, aun así, podrías tener derecho a una “pensión” o ayuda económica. La respuesta depende de tu edad, tu situación económica y de si estás estudiando o tienes una discapacidad, entre otros factores.

En España, cuando se habla de “pensión” en conflictos familiares, muchas veces en realidad se trata de la obligación de alimentos entre familiares. Esta obligación está regulada en el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), y suele incluir lo imprescindible para vivir: comida, vivienda, ropa, asistencia médica y, en determinados casos, gastos de educación. Normalmente, los progenitores podrían estar obligados a ayudar a sus hijos si estos no pueden mantenerse por sí mismos y esa necesidad no ha sido provocada deliberadamente.

En Navarra puede haber particularidades importantes, porque existe derecho civil propio (la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, también llamada Fuero Nuevo de Navarra, aprobada por la Ley 1/1973, de 1 de marzo). Según el caso, puede influir en cómo se articulan ciertas obligaciones familiares. Por eso, es relevante concretar si se aplicaría el Código Civil estatal o el régimen navarro.

Aspectos que suelen ser clave:

  • Tu edad y si eres menor o mayor de edad.
  • Si convives con tu madre o estás fuera del domicilio familiar.
  • Si estudias con aprovechamiento o estás buscando empleo.
  • Si tienes ingresos propios o una situación de discapacidad/enfermedad.
  • La capacidad económica real de tu madre.

Pasos que podrías seguir:

  • Reunir documentación sobre tu situación (estudios, ingresos, empadronamiento, gastos, informes médicos si aplica).
  • Intentar una vía de acuerdo o mediación familiar (en muchos casos reduce conflicto y tiempos).
  • Consultar en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de la Abogacía de tu zona sobre justicia gratuita y el procedimiento adecuado.
  • Si no hay acuerdo, valorar una reclamación judicial de alimentos (normalmente con abogado y procurador).

Si me dices tu edad y tu situación (estudios, trabajo, ingresos y convivencia), puedo orientarte mejor sobre qué opciones suelen encajar en casos similares.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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