General

¿Qué puedo hacer si mi ex paga la pensión cuando quiere?

I

Pregunta

Respuesta automática

Por lo que comentas, tu ex no está cumpliendo de forma regular con la pensión fijada (normalmente de alimentos para hijos o compensatoria), y eso te genera incertidumbre y problemas para organizar los gastos.

En España, cuando una pensión está establecida en una sentencia o en un convenio regulador aprobado judicialmente, su pago no es “a voluntad”: debe abonarse en la cuantía y fechas fijadas. El impago o los retrasos reiterados pueden reclamarse por la vía de ejecución. La base principal suele estar en el Código Civil (obligación de alimentos entre parientes y cumplimiento de lo acordado) y en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (procedimiento de ejecución de sentencias y títulos judiciales).

Pasos que podrías seguir, de forma habitual, son:

  1. Reunir pruebas del incumplimiento. Extractos bancarios, justificantes de transferencias, mensajes donde reconozca retrasos y un cuadro con lo debido/ingresado por meses.

  2. Revisar el título que fija la pensión. Sentencia, auto o convenio regulador aprobado. Ahí constan cuantía, día de pago, actualizaciones (IPC) y cuenta de ingreso.

  3. Requerimiento previo (opcional pero útil). A veces un burofax o comunicación formal recordando la obligación y la deuda ayuda a encauzar el pago o deja constancia.

  4. Demanda de ejecución. Con abogado y procurador, generalmente se solicita al Juzgado que despache ejecución por las cantidades impagadas (y, en su caso, intereses y costas). El juzgado podría acordar medidas como embargo de nómina, cuentas, devolución de IRPF o bienes, según proceda.

  5. Si hay reiteración grave. En algunos supuestos, el impago de pensiones puede tener relevancia penal (artículo 227 del Código Penal), pero suele valorarse con cautela y según la continuidad del impago y las circunstancias.

En Las Palmas, lo más práctico suele ser consultar cuanto antes con un abogado de familia para preparar la ejecución con documentación clara y calcular exactamente la deuda reclamable. Si me indicas si es pensión de alimentos o compensatoria y desde cuándo hay retrasos, puedo orientarte mejor sobre el enfoque habitual.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

¿Te resultó útil?
Asesoramiento profesional

¿Necesitas ayuda con tu caso?

Conecta con abogados especializados en General.

Buscar abogado

Primera consulta gratuita