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¿Puedo elegir con quién vivir a los 16 años?

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Pregunta

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Con 16 años es normal que te preguntes si puedes decidir con quién vivir, sobre todo si la convivencia actual te genera malestar o crees que estarías mejor con otra persona. En Ceuta se aplica el derecho civil común, así que las reglas generales del Estado son las que suelen usarse.

En España, hasta los 18 años sigues siendo menor de edad y, en principio, estás bajo la patria potestad de tus progenitores (derechos y deberes de cuidado y decisión). Esto se regula principalmente en el Código Civil. Por eso, “elegir” libremente con quién vivir no suele depender solo de tu voluntad, pero tu opinión sí tiene un peso importante a partir de tu edad.

Si tus padres están separados o hay un procedimiento de custodia, el juez normalmente debe escucharte si tienes suficiente madurez y, en todo caso, suele hacerlo a partir de los 12 años. Lo relevante suele ser el “interés superior del menor”, según la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor. Eso significa que tu preferencia cuenta, pero se valora junto con otros factores (estabilidad, colegio, cuidados, ambiente, posibles conflictos, etc.).

Si no hay un procedimiento judicial y quieres cambiar de casa (por ejemplo, irte con el otro progenitor o con un familiar), lo más adecuado suele ser intentar un acuerdo entre tus padres. Si no se logra, podría ser necesario acudir al Juzgado de Familia para que se regule la guarda y custodia o se modifiquen medidas ya existentes.

Pasos que podrías considerar:

  1. Hablar con tus progenitores y explicar tus motivos de forma concreta y calmada.
  2. Pedir ayuda a un adulto de confianza (familiar, tutor del centro educativo).
  3. Si hay conflicto o te sientes en riesgo, acudir a servicios sociales o a la Fiscalía de Menores para orientación.
  4. Si ya existe sentencia de custodia, valorar una modificación de medidas a través de un profesional.

Si me dices si tus padres están separados y con quién quieres vivir (madre, padre, familiar), puedo orientarte mejor sobre el camino más habitual.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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