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¿Por qué no se considera mi sueldo variable en la baja por IT incompleta?

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Por lo que comentas, estás de baja por incapacidad temporal (IT) y has notado que, al cobrar la prestación (o el complemento de empresa), no se está teniendo en cuenta la parte variable de tu sueldo, lo que te deja un ingreso “incompleto”.

En España, la cuantía de la IT se calcula, con carácter general, aplicando un porcentaje sobre tu base reguladora. Esa base reguladora suele salir de tu base de cotización del mes anterior al de la baja (o de reglas equivalentes según contingencia), y la base de cotización incluye conceptos salariales por los que se cotiza, tanto fijos como variables, siempre que estén correctamente cotizados. Esto deriva principalmente del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).

¿Por qué puede no aparecer el variable? En muchos casos ocurre por alguno de estos motivos:

  • El variable no cotiza o no está cotizando correctamente (por ejemplo, dietas o gastos suplidos que no forman salario, o importes mal declarados).
  • El variable es irregular (comisiones/bonus) y, dependiendo de cómo se haya generado y declarado, puede no reflejarse en el mes de referencia usado para la base.
  • Hay un “complemento de IT” pactado por convenio o contrato, y ese complemento puede definirse solo sobre salario fijo o con reglas específicas. Aquí habría que revisar el convenio colectivo aplicable y, si existe, el acuerdo o política interna. El marco general de derechos laborales se apoya en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).

Pasos que podrías seguir:

  1. Revisar tus nóminas y bases de cotización (informe de bases de cotización de la Tesorería General de la Seguridad Social) para ver si el variable estaba incluido y cotizado.
  2. Pedir a la empresa/asesoría el detalle del cálculo (base reguladora y porcentajes aplicados).
  3. Comprobar el convenio colectivo en vigor (si regula el complemento de IT y qué conceptos incluye).
  4. Si detectas discrepancias, plantear una reclamación previa/consulta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social o solicitar corrección de cotizaciones, según el caso.

Si me indicas si tu IT es por contingencia común o profesional y si lo que falta es la prestación del INSS o el complemento de empresa, puedo orientarte mejor sobre dónde suele estar el origen del problema.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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