Consumidores y Usuarios

Mi coche en garantía se ha averiado cinco veces, ¿puedo solicitar un coche nuevo?

A

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Por lo que comentas, tu coche, estando en garantía, ha sufrido ya cinco averías y te planteas si puedes exigir la sustitución por un vehículo nuevo. Es una situación muy frustrante y, en muchos casos, el Derecho de consumo prevé soluciones cuando el bien no queda correctamente reparado.

En España, para vehículos comprados a un profesional (concesionario o compraventa), se aplica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre). Si el coche presenta una “falta de conformidad” (por ejemplo, averías que se repiten o que impiden un uso normal), el consumidor puede exigir, en primer lugar, la reparación o la sustitución. Ahora bien, la sustitución por uno nuevo no es automática: generalmente procede si la reparación no soluciona el problema, si las averías reaparecen, si la reparación resulta desproporcionada, o si se generan inconvenientes graves para el consumidor (por ejemplo, periodos largos sin vehículo o múltiples entradas en taller).

Cuando ni reparación ni sustitución son viables o resultan insatisfactorias, la ley también contempla opciones como la rebaja del precio o la resolución del contrato (devolver el coche y recuperar el dinero, con los ajustes que pudieran corresponder según el caso).

En Zaragoza (Aragón), en materia de compraventa de consumo la normativa estatal es la principal referencia, sin especialidad civil autonómica determinante en este punto.

Pasos prácticos que podrías seguir:

  1. Reunir pruebas: órdenes de reparación, informes del taller, fechas de entrada/salida, kilometraje, y descripción de cada avería.
  2. Reclamar por escrito al vendedor (mejor burofax o email con acuse), solicitando expresamente la sustitución o, en su defecto, otra solución (rebaja o resolución), explicando la reiteración y los perjuicios.
  3. Si no hay respuesta satisfactoria, acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o solicitar arbitraje de consumo si la empresa está adherida.
  4. Valorar un informe pericial si se discute el origen o la gravedad de las averías.

Si me indicas si el coche es nuevo o de segunda mano, la fecha de compra y si las averías son la misma o distintas, puedo orientarte mejor sobre qué vía suele encajar más.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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