Cooperativas

Me han despedido después de 10 años en la empresa alegando causas económicas. ¿Qué indemnización me corresponde y cómo puedo comprobar si las causas son reales?

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Lamento mucho que te encuentres en esta situación tras tantos años de trabajo. El despido por causas económicas puede ser un proceso complicado y es importante entender tus derechos y opciones.

En España, cuando un trabajador es despedido por causas económicas, la empresa debe justificar que existen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que hacen necesario el despido. Estas razones deben ser reales y demostrables. En tu caso, siendo un trabajador de una cooperativa, es importante verificar si el régimen laboral es el de un trabajador por cuenta ajena o si eres socio trabajador, ya que esto puede influir en el proceso.

Para un despido objetivo por causas económicas, la indemnización que generalmente corresponde es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, es crucial que la empresa haya cumplido con todos los requisitos legales, como la entrega de una carta de despido detallada y el preaviso correspondiente, que suele ser de 15 días.

Para comprobar si las causas económicas alegadas por la empresa son reales, podrías:

  1. Solicitar Documentación: Pide a la empresa que te proporcione la documentación que justifique las causas económicas del despido. Esto puede incluir balances, cuentas de resultados o informes económicos.

  2. Revisar la Carta de Despido: Asegúrate de que la carta de despido detalla claramente las razones económicas y cómo estas afectan a tu puesto de trabajo.

  3. Consultar con un Profesional: Considera la posibilidad de hablar con un abogado especializado en derecho laboral o un asesor jurídico que pueda revisar tu caso en detalle. Esto es especialmente importante si decides impugnar el despido.

  4. Plazo para Reclamar: Tienes un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar una demanda por despido improcedente si consideras que las causas no son justificadas.

En Cataluña, donde te encuentras, las cooperativas están reguladas por la Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña. Esta ley puede tener particularidades que afecten a tu situación, especialmente si eres socio trabajador. Por ello, es aún más importante la consulta con un experto que pueda considerar estas especificidades.

Espero que esta información te sea de ayuda y te deseo lo mejor en la resolución de este asunto. No dudes en buscar el apoyo necesario para proteger tus derechos.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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