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¿Estoy obligado a pagar las revisiones del gas y la caldera?

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Pregunta

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Por lo que planteas, la duda principal es si te corresponde asumir el coste de las revisiones periódicas del gas y el mantenimiento/revisión de la caldera. La respuesta suele depender de si eres propietario o inquilino y de lo que diga el contrato.

En viviendas con instalación de gas, existen revisiones obligatorias por seguridad. Para el gas canalizado, la revisión periódica de la instalación receptora suele ser cada 5 años y la regula el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos. En muchos casos, esa revisión se carga al “titular del contrato de suministro” (quien tenga el gas a su nombre) y normalmente llega a través de la comercializadora o distribuidora. Si el gas lo tienes a tu nombre, habitualmente te lo repercutirán a ti.

Respecto a la caldera, no siempre hay una “revisión obligatoria” anual como tal, pero sí hay obligaciones de mantenimiento y seguridad de las instalaciones térmicas (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios). En alquiler, la clave es distinguir entre: 1) pequeñas reparaciones por uso ordinario (que generalmente paga el inquilino) y 2) conservación y reparaciones necesarias para que la vivienda sea habitable (que normalmente paga el arrendador). Esto se apoya en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

En Bizkaia, además, puede ser relevante si el contrato está sometido al Derecho civil vasco (Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco), aunque para estas cuestiones de arrendamientos urbanos y consumos/seguridad suele aplicarse la normativa estatal indicada.

Pasos recomendables:

  1. Revisa el contrato: si atribuye expresamente el mantenimiento de caldera o revisiones al inquilino/propietario.
  2. Comprueba a nombre de quién está el suministro de gas.
  3. Si estás de alquiler y hay duda, solicita por escrito al arrendador que aclare quién asume cada revisión y guarda justificantes.
  4. Si hay desacuerdo, una consulta con un profesional o con una oficina municipal de información al consumidor podría ayudarte a encauzarlo.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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