Estoy de baja por enfermedad común, ¿pueden asesorarme sobre el convenio?
Teresa
Pregunta
Estoy de baja por enfermedad común, ¿pueden asesorarme sobre el convenio?
Teresa
Pregunta
Por lo que indicas, estás en situación de incapacidad temporal (baja) por enfermedad común y quieres saber cómo te afecta el convenio colectivo (por ejemplo, en salario, complementos y derechos durante la baja).
En España, la baja por enfermedad común se encuadra en la incapacidad temporal regulada, con carácter general, por el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre). Esta norma marca las reglas básicas de la prestación: normalmente se cobra un porcentaje de la base reguladora y hay diferencias según los días de baja. Además, el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) permite que el convenio colectivo mejore estas condiciones (por ejemplo, “complementos” para cobrar el 100% desde cierto día, o mejoras en pagas extras, vacaciones, etc.).
Lo más importante del “convenio” es identificar cuál te aplica: puede ser el convenio de empresa o el convenio sectorial (metal, comercio, hostelería, limpieza, etc.) de tu ámbito. Muchos convenios incluyen un “complemento de IT” (incapacidad temporal) que completa lo que paga la Seguridad Social hasta un porcentaje determinado, con requisitos (antigüedad, duración, necesidad de justificar partes médicos, no haber sanciones, etc.). También pueden regular cómo se computan ciertos pluses (nocturnidad, transporte) durante la baja.
Pasos que podrías seguir:
Si me dices tu sector/empresa y si estás cobrando por pago delegado (empresa) o directo (INSS o mutua), puedo orientarte mejor sobre qué puntos concretos del convenio conviene revisar.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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