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¿Cuántos votos se necesitan para autorizar que un local instale una pequeña carpa?

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Pregunta

Respuesta automática

Por lo que indicas, la cuestión es cuántos votos serían necesarios para permitir que un local (normalmente dentro de una comunidad de propietarios) instale una “pequeña carpa”. La respuesta suele depender de dónde se coloque y de si afecta o no a elementos comunes del edificio.

En comunidades de propietarios se aplica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal. En general, si la carpa se pretende instalar en una zona común (patio, jardín, azotea, portal, fachada, soportales, etc.) o implica anclarla, ocuparla de forma exclusiva o alterar su aspecto, no basta con una simple comunicación: normalmente requerirá acuerdo de la Junta.

En muchos casos, la clave está en si supone:

  1. Un uso común “normal” sin apropiación ni obras: podría no requerir acuerdo, pero es poco habitual que una carpa encaje aquí si ocupa espacio o se instala de manera continuada.
  2. Una alteración de un elemento común o de la estética (por ejemplo, fijaciones, estructura visible, impacto en fachada): suele exigirse unanimidad de los propietarios, porque se considera una alteración del título/estructura o de los elementos comunes.
  3. Una utilización privativa de un elemento común (por ejemplo, reservar para el local una parte del patio o terraza): habitualmente también se exige unanimidad, al implicar una cesión o limitación de uso a favor de un propietario.
  4. Una obra o instalación “menor” sin afectar estructura, pero que requiere autorización: a veces se tramita como mejora o acuerdo de administración; según el caso podrían aplicarse mayorías de 3/5 o mayoría simple, pero esto depende mucho de si hay modificación del elemento común o solo una medida de gestión.

Pasos recomendables:

  • Revisar los estatutos y el título constitutivo de la comunidad (pueden prohibir o permitir toldos/carpas y fijar condiciones).
  • Pedir al administrador o al presidente que lo incluya en el orden del día con una propuesta concreta (ubicación, plano/fotos, duración, si hay anclajes, seguro, responsabilidad, retirada).
  • Confirmar si requiere licencia municipal en A Coruña (ocupación, seguridad, accesibilidad), porque la autorización de la comunidad no sustituye permisos del Ayuntamiento.

Si me indicas si la carpa iría en una terraza privativa del local, en un patio comunitario o en fachada, puedo orientarte mejor sobre la mayoría más probable.

Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.

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